E Economic and Social Council - acnudh
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E/CN.4/2006/6/Add.2<br />
page 87<br />
intermedio de las instituciones Gubernamentales competentes, a los fines que se realice una<br />
reforma del Código Penal.<br />
440. La recomendación (l) dice: La ausencia de marcas consistentes con las denuncias de<br />
tortura no debe ser considerada necesariamente por el Ministerio Público y por los jueces<br />
como prueba de que tales denuncias son falsas.<br />
441. El Gobierno informó de que en este caso, el Ministerio Público o los Jueces son los que<br />
deberían tomar en cuenta la recomendación, ya que no es competencia del Ministerio del Interior<br />
y de Justicia.<br />
442. La recomendación (m) dice: No debe permitirse que el procedimiento de nudo hecho<br />
demore, durante más de unas semanas, la institución del procedimiento penal contra los<br />
funcionarios públicos. En cualquier caso, ese plazo debe excluirse del establecido para<br />
determinar el plazo de prescripción.<br />
443. El Gobierno informó de que con la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal<br />
Penal el 1 de julio de 1999, el procedimiento de nudo hecho quedó derogado. En el sistema<br />
acusatorio vigente, se prevé la instrucción y juzgamiento en contra de los funcionarios públicos<br />
bajo el régimen del procedimiento ordinario, incorporándole además lapsos más expeditos para<br />
que se concreten los actos procesales exigidos. Los artículos 121 y 122 del Código permiten que<br />
el Defensor del Pueblo o cualquier persona natural o asociación de defensa de los derechos<br />
humanos puedan querellarse en contra de un funcionario público que haya vulnerado los<br />
derechos de cualquier particular en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas. Además<br />
los delitos que atentan contra los derechos humanos son imprescriptibles.<br />
444. La recomendación (n) dice: La falsa negativa a un representante del Ministerio<br />
Público del hecho de la detención de una persona o la denegación del acceso de dicho<br />
representante a un detenido deben ser perseguidas vigorosamente como un acto que<br />
entraña la destitución instantánea de los responsables del lugar de detención.<br />
445. El Gobierno informó de que en caso de que un funcionario no cumpla con su obligación,<br />
el Director del penal quien es la autoridad correspondiente estará en la obligación de hacerle el<br />
llamado correspondiente con su respectiva sanción.<br />
446. La recomendación (o) dice: Los representantes del Ministerio Público deben estar<br />
sujetos a rotación a fin de evitar que se identifiquen excesivamente con el personal<br />
encargado de hacer cumplir la ley o con el personal militar en una localidad determinada o<br />
en un determinado lugar de detención.<br />
447. El Gobierno informó de que según el artículo 21 de la Ley Orgánica del Ministerio<br />
Público, el nombramiento y destitución de los fiscales son competencia del Fiscal General de la<br />
República.<br />
448. La recomendación (p) dice: El poder judicial debe velar detenida y<br />
sistemáticamente por que las condiciones de detención o prisión sean compatibles con la<br />
prohibición de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, o con el derecho del