2-Derecho-Constitucional-I-RTM
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INTRODUCCIÓN
A finales del siglo XVIII, en Francia tras la Revolución, a los jueces se les
otorgaba el simple adjetivo de aplicador mecánico de de las disposiciones
legislativas., en todo caso quien debía encargarse de interpretar sería el
legislador quien conocía la esencia de las leyes expedidas. La ley era
expresada por voluntad del pueblo, era creada a través del consenso
popular, el juez lo único que hacía era hacerla valer tal y cual fue creada, por
ello todo lo que emanaba de la ley era justo. Incluso los jueces tenían la
potestad de pedir aclaraciones al poder legislativo solicitando la
interpretación auténtica. Sostenía Montesquieu que el impartir justicia, era de
los tres poderes el que menos potestad tenía, incluso llegó a suponer que no
era un verdadero poder. 166
La forma de interpretar la norma tal cual está escrita observando la
esencia dictada por el legislador, se denomina exégesis.
Menciona Zamudio que en la concepción tradicional el juez debía
aplicar el texto tal cual cuando éste fuera claro y preciso, dejando la
interpretación sólo en casos excepcionales cuando la ley fuera obscura. 167
Poco a poco ha ido desapareciendo esa imagen del juzgador de
simple autómata, actualmente se deja libre arbitrio para la interpretación
jurídica, a tal grado de mencionar que hay varias formas de interpretación de
la ley, en lo particular de la Constitución.
Algunos autores como Vernengo abogan por la creación de una
teoría general de interpretación, lo cual disminuiría muchos problemas que
se han suscitado en distintas ramas jurídicas. Esta autor manifiesta la
diferencia entre la interpretación operativa la cual aplican los órganos del
estado y la teórica, realizada por los científicos del derecho, es decir los
verdaderos juristas. Jerzy Wróblewsky explica la interpretación en la forma
de sistema mediante el cual se transmiten y elaboran ciertas
informaciones. 168
166 Fix Zamudio, Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, p. 147-152.
167 Fix Zamudio, Op. cit., p. 153.
168 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=846
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