2-Derecho-Constitucional-I-RTM
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de Jesús Gudiño Pelayo y Juan N. Silva Meza.Ponente: Sergio Salvador
Aguirre Anguiano. Secretarios: Andrea Zambrana Castañeda, Rafael Coello
Cetina, Malkah Nobigrot Kleinman y Maura A. Sanabria Martínez.
El Tribunal Pleno, el veinte de marzo en curso, aprobó, con el número
VIII/2007, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a veinte de
marzo de dos mil siete.
Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,
Novena Epoca. Tomo XXV, Abril de 2007. Pág. 6. Tesis Aislada.
El punto de mayor importancia de la tesis anterior, es el que refiere:
“la Constitución se ubica en la cúspide y, por debajo de ella los tratados
internacionales y las leyes generales.”
Ahora el conflicto a resolver es en aclarar quién está por encima de
quién, entre los tratados internacionales y las leyes federales. Problema que
se tratará de resolver en el siguiente apartado.
En conclusión queda claro que el principio de supremacía
constitucional advierte que toda regulación jurídica que vaya su aplicación
dirigida al Estado mexicano, ya sea nacional o internacional, debe estar
acorde con el ordenamiento supremo y sometido a lo previamente
establecido en él. En otras palabras, todo ordenamiento debe estar
subordinado a la Constitución.
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE
Analice los siguientes artículos de la Constitución y explique con sus propias
palabras en qué sentido se aplica la supremacía Constitucional: 40, 41, 87,
97 y 128
6.2 JERARQUÍA DE LAS LEYES
Como ya se dijo, el artículo 133 no es nada claro, pues como vimos para
identificar quién tiene la supremacía se requirió de otros elementos no
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