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2-Derecho-Constitucional-I-RTM

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de Jesús Gudiño Pelayo y Juan N. Silva Meza.Ponente: Sergio Salvador

Aguirre Anguiano. Secretarios: Andrea Zambrana Castañeda, Rafael Coello

Cetina, Malkah Nobigrot Kleinman y Maura A. Sanabria Martínez.

El Tribunal Pleno, el veinte de marzo en curso, aprobó, con el número

VIII/2007, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a veinte de

marzo de dos mil siete.

Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,

Novena Epoca. Tomo XXV, Abril de 2007. Pág. 6. Tesis Aislada.

El punto de mayor importancia de la tesis anterior, es el que refiere:

“la Constitución se ubica en la cúspide y, por debajo de ella los tratados

internacionales y las leyes generales.”

Ahora el conflicto a resolver es en aclarar quién está por encima de

quién, entre los tratados internacionales y las leyes federales. Problema que

se tratará de resolver en el siguiente apartado.

En conclusión queda claro que el principio de supremacía

constitucional advierte que toda regulación jurídica que vaya su aplicación

dirigida al Estado mexicano, ya sea nacional o internacional, debe estar

acorde con el ordenamiento supremo y sometido a lo previamente

establecido en él. En otras palabras, todo ordenamiento debe estar

subordinado a la Constitución.

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE

Analice los siguientes artículos de la Constitución y explique con sus propias

palabras en qué sentido se aplica la supremacía Constitucional: 40, 41, 87,

97 y 128

6.2 JERARQUÍA DE LAS LEYES

Como ya se dijo, el artículo 133 no es nada claro, pues como vimos para

identificar quién tiene la supremacía se requirió de otros elementos no

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