30.09.2020 Views

2-Derecho-Constitucional-I-RTM

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

“…las normas constitucionales surgen del procedimiento legislativo normal

y, en consecuencia, no requieren de algún procedimiento especial para su

modificación. Es importante señalar que en donde existen las leyes

constitucionales no escritas tampoco se hace la distinción entre Poder

Constituyente y poderes constituidos, y en virtud de que el Parlamento actúa

permanentemente con un carácter Constituyente y no aplica formalidades

especiales para modificar las normas constitucionales existentes, se dice

que en tales casos la Constitución es flexible.” 56

En cuanto a las rígidas se deduce de la afirmación anterior, que las

rígidas cuentan con un proceso legislativo especial que está plasmado en la

misma constitución; también contempla la existencia de un poder

constituyente; ambos logran, como el nombre lo indica, que sea más rígida

la creación y reforma de la norma suprema.

Zamudio asevera que esta clasificación puede inducir a equívoco ya

que “las constituciones flexibles no son las que más cambian, el caso inglés

lo ejemplifica, mientras que algunas constituciones rígidas han sido

modificadas mucho más veces que las flexibles como ocurre con varios

textos en la actualidad.” 57

2.3.5 Constitución democrática y no democrática

Se refiere a la existencia o no de un Estado democrático.

Una primera clasificación al respecto significaba en considerar

constituciones pactadas, las cuales eran acordadas entre el pueblo y el

monarca; otorgadas, la cual era concedida por el monarca al pueblo; y las

impuestas, cuando el pueblo obligaba al soberano a aceptarla. 58

Carpizo menciona cuatro tipos de clasificar a la constitución de

acuerdo a su naturaleza democrática: 59

a) Democráticas: Aseguramiento de garantías individuales del

ciudadano y el sistema político regido por un sistema de

56 J. Eduardo Andrade Sánchez, Derecho Constitucional, p. 15.

57 Fix Zamudio, Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, p. 56-57.

58 Vease J. Eduardo Andrade Sánchez, Derecho Constitucional, p. 20-21 y Fix Zamudio,

Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, p. 57.

59 Jorge Carpizo, Estudios Constitucionales, p. 428.

36

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!