2-Derecho-Constitucional-I-RTM
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único ánimo de allegar al individuo de un mínimo de garantías que lo
provean de una paz social y bienestar común. 7
Ya definiendo el Derecho o Ciencia Jurídica observemos el objeto de
estudio.
El objeto es a la comprensión del ser, creación, transformación,
abrogación y aplicación de las normas, que en definitiva busquen allegar al
individuo de un mínimo de garantías que lo provean de una paz social y
bienestar común. Si el estudio se avoca, surge o está dentro del análisis de
la norma jurídica misma, entonces se estará haciendo Ciencia Jurídica. Es
decir todo lo que se analice alrededor de la norma jurídica o la analice
directamente, se considerará parte del Derecho o Ciencia Jurídica.
1.2 RAMAS DEL DERECHO. UBICACIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
Definido el Derecho, cabe dar las ramas que lo conforman para ubicar la
materia en estudio.
Dese cuenta que a continuación se considera a las ramas, no como
un conjunto de normas, sino como disciplinas que se encargan de analizar a
dichas normas. La diferencia ya la advierte el Diccionario Jurídico de Rafael
de Pina, al aseverar lo siguiente:
RAMAS DEL DERECHO. Diferentes partes que cabe distinguir en el
derecho positivo (civil, penal, administrativo, procesal, etcétera).
Hay que distinguir entre ramas del derecho positivo y ramas de la
ciencia del derecho, es decir de aquella manifestación de la ciencia que
tiene por objeto el derecho.
Por consiguiente existen ramas del derecho que sólo analizan la
norma escrita, que para orientar al estudiante de derecho y no generar
confusión se citan las consideradas desde el punto de vista del derecho
positivo 8 y no científico.
En general se consideran dos clasificaciones la primera por materia
(civil, penal, laboral, agraria, etcétera), tal y como lo menciona el diccionario
7 Definición elaborada por el autor del presente libro didáctico, Rogelio Avilés Urquiza.
8 El Derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas que tuvieron o tienen vigencia en
algún lugar, época y sociedad determinados.
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