30.09.2020 Views

2-Derecho-Constitucional-I-RTM

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

4.1 DEFINICIÓN Y DIFERENCIAS

Antes de analizar las diferencias entre formas de Estado y formas de

gobierno, es importante definir primero el término Estado.

“El estado es una sociedad humana establecida en el territorio que le

corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, que es creado,

definido y aplicado por un poder soberano, para obtener el bien público

temporal, formando una institución con personalidad moral y jurídica.” 83

De dicha definición se extraen los siguientes elementos: Sociedad

Humana, Territorio, un orden jurídico, un poder soberano, y busca un bien

público temporal.

Hecho lo anterior ahora se está en aptitud para hacer las diferencias

materia de este apartado.

Ya se dijo que el Estado se compone de varios elementos, dentro de

ellos se habla de un poder soberano, este poder soberano se encarga en la

sociedad humana estatal de crear, aplicar y sancionar el orden jurídico y

dispone de las facultades necesarias para ese objeto, de manera

independiente de otro poder que le sea superior y por eso se le llama

soberano. 84 Por consiguiente el poder aludido está al servicio del Estado; es

la forma en que se organizan específicamente los poderes del Estado;

principalmente esas formas de poderes son el Legislativo, Ejecutivo y

judicial. A estos órganos encargados de realizar las actividades

mencionadas se le denomina gobierno.

Por lo tanto la forma de gobierno es un elemento al servicio del

Estado.

El Estado es el ente jurídico forjado por la unión de todos los

elementos mencionados, entre ellos el gobierno que es la forma en que se

dirige al Estado mismo o mejor dicho la forma adoptada por los órganos

directivos del Estado para gobernar. 85

Dada la anterior diferencia se analizan las formas de Estado y Formas

de Gobierno.

83 Francisco Porrúa Pérez, Teoría del Estado, p. 26-27.

84 Francisco Porrúa Pérez, Op. Cit., p. 26.

85 Fix Zamudio, Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, p. 244.

60

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!