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Informe_comision_web

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<strong>Informe</strong> final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia<br />

operación militar que recibieron el mensaje no sólo no permitieron al emisario<br />

entregarlo al gobierno, sino que jamás lo hicieron llegar a su destinatario.<br />

174. Después de la salida de Reynaldo Arciniegas, el Ejército supo<br />

dónde estaban los rehenes.<br />

158<br />

Cuando el fragor del combate llegaba a su límite, estalló una poderosa<br />

carga explosiva en una de las paredes del baño, la cual arrancó,<br />

literalmente, un toallero que se encontraba empotrado en la pared.<br />

[…] Pues bien, detrás de la pared donde se encontraba el mencionado<br />

toallero había un ducto de ventilación, y terminado el vacío generado<br />

por éste se encontraba, como es lógico, el cerramiento del ducto que en<br />

este caso era otra pared.<br />

[…] para el efecto de poder penetrar la pared del baño (en donde<br />

se encontraba el toallero), la Fuerza Pública debió destruir la pared<br />

colindante que delimitaba el ducto; para lograr tal efecto, Medicina<br />

Legal conceptuó en su informe técnico pericial, que el tipo explosivo<br />

utilizado fue diferente al utilizado en la demolición de las paredes<br />

colindantes de los entrepisos tercer y cuarto, cuyos daños fueron de<br />

gran magnitud; indicó igualmente que el tipo de explosivos utilizados<br />

en éste fue co n gran probabilidad del tipo plástico y dinamita. En<br />

lo concerniente a la demolición de las paredes del baño ubicado entre<br />

el segundo y tercer piso, Medicina Legal concluyó que posiblemente<br />

se utilizó cargas plásticas en un área reducida de la pared colindante<br />

exterior al ducto, y una vez hecho este boquete c on la misma probabilidad,<br />

se efectuaron disparos hacia la pared interior del ducto<br />

(es decir, la del baño en donde se encontraba el toallero) con ‘rockets’,<br />

o con las granadas de 90 mm disparadas por los tanques Cascabel.<br />

Acota el dictamen que este tipo de proyectiles tenían cargas huecas de<br />

gran poder explosivo y rompedor, las cuales produjeron la destrucción<br />

de la pared colindante, e hicieron el agujero en la pared del baño con<br />

proyección del toallero y de fragmentos metálicos (revestimiento del<br />

proyectil) hacia el interior del mismo, en donde se encontraban guerrilleros<br />

junto con los rehenes. La descomposición de la carga explosiva<br />

utilizada produjo un ahumamiento, el cual se aprecia en uno de los<br />

boquetes abiertos. 121<br />

175. Sobre este hecho, el Juzgado 30 de Instrucción Criminal señala:<br />

[…] el Sargento Segundo de la Escuela de Artillería, Ariel Grajales<br />

Bastidas, en su declaración juramentada rendida ante este Juzgado<br />

121 Juzgado 30 de Instrucción Criminal, calificación del mérito del sumario, óp. cit., pp. 18-19.

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