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<strong>Informe</strong> final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia<br />

78. Gerardo Prada Chona, funcionario del Instituto de Medicina<br />

Legal, relató: “Tuvimos nuestra primera gran sorpresa cuando al empezar<br />

a bajar los cuerpos nos percatamos [de] que estos venían completamente<br />

desnudos y lavados”, con lo que se alteró toda la evidencia necesaria para<br />

la investigación forense. 57 Esta situación, por lo tanto, ocurrió necesariamente<br />

durante los levantamientos y antes de llevar los cuerpos al Instituto<br />

de Medicina Legal. 58 Corroboración adicional de este hecho se deriva de<br />

lo que se puede observar en algunas de las fotos de los levantamientos,<br />

donde los cuerpos aparecen ya mojados. De acuerdo con los documentos,<br />

los levantamientos estuvieron a cargo de miembros de la Dijin, quienes<br />

también firman las actas de levantamiento. 59<br />

79. De acuerdo con Franco y Villate, 60 entre los procedimientos que<br />

se realizan en el levantamiento del cadáver se incluye el examen externo del<br />

cuerpo y de las ropas asociadas a él. Sin embargo, estas tareas no implican<br />

el lavado del cadáver, el cual usualmente se hace en las instalaciones del<br />

Instituto de Medicina Legal como parte de la necropsia, por cuanto en casos<br />

comunes no existen siempre fuentes de agua disponibles, pero además<br />

porque el lavado lleva consigo la pérdida de evidencia.<br />

80. En ese sentido, llama la atención el hecho de que en el Palacio los<br />

cuerpos hayan sido lavados, por cuanto esta tarea no se encontraba dentro<br />

de las que se ejecutan normalmente en levantamiento de cadáveres y porque<br />

la prioridad en cualquier caso era proceder con las diligencias respectivas<br />

de necropsia en el Instituto de Medicina Legal, donde esta actividad se<br />

debería llevar a cabo.<br />

81. De esta forma, si lo que señalan los médicos del Instituto de Medicina<br />

Legal, respecto del recibo de los cuerpos desnudos y el hecho de que las<br />

prendas no fueron enviadas siguiendo los protocolos existentes para la época<br />

(debidamente embaladas y asociadas a cada uno de los cadáveres), es inevitable<br />

afirmar que esta situación dificultó enormemente la tarea de establecer la<br />

identidad de las víctimas.<br />

57 Prada Chona, G. “Nos deben la verdad”. En: Corte Suprema, Holocausto del Palacio de<br />

Justicia, Año 8, N° 20, Noviembre de 2005.<br />

196<br />

58 Bacigalupo Salinas, óp. cit.<br />

59 Ibíd.<br />

60 Franco, Mélida y Villate Zorro, M. L. Diligencia de levantamiento de cadáveres<br />

[en línea], 2007. Disponible en: http://www.criminalistica.com.mx/hematologia-yserologia/413-diligencia-de-levantamiento-de-cadáveres.

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