CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA
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3.2.1.2 Los participantes consumidores son:<br />
a) Los Grandes Clientes, que optan por comprar directamente a nivel mayorista<br />
en el Mercado;<br />
b) Los Distribuidores, cumpliendo la actividad de comercialización de sus clientes<br />
o de Grandes Clientes dentro o fuera de su zona de concesión;<br />
c) Los Autogeneradores y Cogeneradores ubicados en la República de Panamá<br />
que resultan comprando faltantes;<br />
d) Las empresas que comercializan el consumo de otro país, que compran en el<br />
Mercado Mayorista de Panamá, conectándose mediante interconexiones<br />
internacionales.<br />
3.2.1.3 Los Participantes Productores son:<br />
a) Los Generadores ubicados en la República de Panamá;<br />
b) Los Autogeneradores y Cogeneradores ubicados en la República de Panamá que venden<br />
excedentes;<br />
c) Los Distribuidores cuando venden excedentes de generación propia a terceros, ya sea en<br />
el mercado de contratos o en el mercado ocasional y servicios que administra el CND,<br />
dentro de las restricciones y requisitos que establecen estas Reglas Comerciales;<br />
d) Empresas que comercializan generación de otro país, que venden en el Mercado<br />
Mayorista de Panamá a través de interconexiones internacionales.<br />
3.2.1.4 La empresa de transmisión brinda el servicio de transmisión a los usuarios de la<br />
red a tarifas reguladas. No puede para sí realizar operaciones de compra y venta de energía<br />
eléctrica.<br />
3.2.1.5 En el Mercado Ocasional, el CND actúa como intermediario en las operaciones de<br />
importación y exportación de ocasión.<br />
3.2.1.6 Para convertirse en participante del mercado, un agente debe cumplir los siguientes<br />
requisitos:<br />
a) Contar con un Sistema de Medición Comercial, de acuerdo a lo que establecen las<br />
presentes Reglas Comerciales. Para el caso de un Generador con un contrato que<br />
inicia su vigencia y con demoras en el inicio de operación comercial de su generación,<br />
podrá convertirse en Participante bajo el compromiso de cumplir el requisito de contar con<br />
un Sistema de Medición Comercial previo a que su generación comience a entregar<br />
energía al sistema para vender en el Mercado Mayorista.<br />
b) De tratarse de un Gran Cliente, informar sus proyecciones de demanda y consumo<br />
previstos para los 24 meses siguientes a su ingreso como Participante del Mercado.<br />
c) De implementarse el Banco de Gestión de Cobranza, contar con la correspondiente<br />
cuenta de acuerdo a lo que establecen las presentes Reglas Comerciales.<br />
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