10.05.2013 Views

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

9.6.1.8 El CND debe identificar el o los responsables de cada restricción que origina<br />

generación obligada y asignarle el pago del sobrecosto asociado a dicha generación<br />

obligada. De haber más de un Participante responsable por la generación obligada, el CND<br />

debe identificar la parte que corresponde a cada uno para asignarle el sobrecosto<br />

asociado. De ser considerada como generación obligada para la demanda, se considera<br />

responsable de la restricción a todos los participantes consumidores.<br />

10. SERVICIOS AUXILIARES<br />

10.1 ALCANCE<br />

10.1.1.1 Los servicios auxiliares que requiere el sistema eléctrico para su funcionamiento se<br />

definen y asignan según los criterios operativos que establece el Reglamento de Operación.<br />

El CND deberá establecer por Metodologías el detalle de los requisitos técnicos a cumplir<br />

para estar autorizado a proveer cada tipo de Servicio Auxiliar del sistema o reservas de<br />

corto plazo, el procedimiento a cumplir por un Participante para obtener del CND la<br />

autorización a proveer el correspondiente Servicio Auxiliar así como los modos en que<br />

verificará el cumplimiento de dichos requisitos y el aporte comprometido cuando asigna uno<br />

de estos tipos de Servicios Auxiliares a un Participante autorizado a proveerle.<br />

10.1.1.2 Los servicios auxiliares que se requieren para la confiabilidad de suministro de<br />

mediano y largo plazo se definen y asignan según los criterios operativos que establecen<br />

estas Reglas Comerciales. El CND deberá establecer en una Metodología para estos<br />

servicios el detalle de los requisitos técnicos y comerciales a cumplir para estar autorizado a<br />

proveerlos, el procedimiento a cumplir por un Participante para obtener del CND la<br />

autorización a proveerlo y los modos en que verificará el cumplimiento de dichos requisitos y<br />

del aporte comprometido.<br />

10.1.1.3 Las transacciones comerciales asociadas definen dos tipos de servicios<br />

auxiliares:<br />

a) Servicios auxiliares generales.<br />

b) Servicios auxiliares especiales.<br />

10.1.1.4 Los servicios auxiliares generales incluyen:<br />

a) Servicios auxiliares del sistema.<br />

b) Servicios auxiliares de reserva de corto plazo.<br />

10.1.1.5 Los servicios auxiliares especiales incluyen:<br />

a) Servicio de reserva de largo plazo<br />

c) Servicio Auxiliar de seguimiento de demanda.<br />

10.1.1.6 De verificarse de la operación del sistema y comportamiento del Mercado la<br />

necesidad de diferenciar con un tratamiento comercial particular a un determinado servicio<br />

51

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!