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CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

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asignada se reparte entre cada una de las ofertas en forma proporcional a la potencia<br />

excedente dentro la potencia excedente total del grupo de ofertas de igual precio.<br />

7.6.3.4 El precio de las compensaciones de potencia es el precio de la última oferta de<br />

compra / venta aceptada, o sea el precio de la oferta más cara aceptada.<br />

8. ADMINISTRACIÓN DE <strong>LAS</strong> TRANSACCIONES DE ENERGÍA EN EL MERCADO<br />

OCASIONAL<br />

8.1 OBJETO<br />

8.1.1.1 Las transacciones en el Mercado Ocasional surgen del cierre para la energía entre<br />

la realidad física de la generación y el consumo, y la realidad comercial de los compromisos<br />

contratados.<br />

8.2 ADMINISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS DE RESERVA<br />

8.1.1.1 Para cada hora la energía que comercializa un Participante Productor se calcula<br />

totalizando la energía generada por la potencia de sus GGC que no haya vendido a<br />

Contratos de Reserva, más la energía asociada a la potencia que compra por Contratos de<br />

Reserva.<br />

8.3 ADMINISTRACIÓN POR DIFERENCIAS PARA CONTRATOS DE SUMINISTRO<br />

8.3.1 COMPROMISOS<br />

8.3.1.1 El Contrato de Suministro que incluye la compra / venta de energía debe acordar un<br />

compromiso de bloques horarios de energía para el período de vigencia del contrato, que se<br />

pueden expresar como un porcentaje del consumo, como cantidades fijas, o cualquier otra<br />

modalidad que permita al CND determinar hora por hora el compromiso de energía. Por<br />

transparencia en la administración del Mercado Ocasional, el CND deberá informar la<br />

energía horaria total contratada para cada Participante, para acceso abierto de todos los<br />

Participantes.<br />

8.3.1.2 El Participante Productor asume el compromiso de entregar cada hora el bloque de<br />

energía con producción propia o compras en el Mercado Ocasional.<br />

8.3.2 TRANSACCIONES EN EL MERCADO OCASIONAL<br />

8.3.2.1 Cada hora, el CND debe administrar las transacciones de energía de cada<br />

Participante Consumidor de acuerdo al siguiente procedimiento:<br />

a) Totalizar la energía que compra de Contratos de Suministro.<br />

b) Si su consumo real de energía no resulta cubierto en su totalidad por contratos, asignar<br />

el faltante como compra en el Mercado Ocasional.<br />

c) Si la compra de los contratos supera su consumo real, asignar el excedente como venta<br />

en el Mercado Ocasional, de existir demanda.<br />

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