10.05.2013 Views

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

15.1.1.6 Un reclamo deberá incluir el motivo que lo fundamenta, que deberá estar basado<br />

en incumplimientos a los criterios y/o procedimientos que establecen estas Reglas<br />

Comerciales y el Reglamento de Operación. Transcurrido el plazo indicado sin reclamos de<br />

un Participante, se considerará que acepta toda la información recibida. El CND deberá<br />

contestar los reclamos dentro de un plazo no mayor que 4 días hábiles.<br />

15.2 VIGILANCIA DEL MERCADO Y SEGUIMIENTO DE SUS REG<strong>LAS</strong>.<br />

15.2.1.1 Un Grupo de Vigilancia del Mercado, asesor y dependiente del ERSP, verificará el<br />

comportamiento del Mercado y de las Reglas Comerciales vigentes.<br />

15.2.1.2 El Grupo de Vigilancia estará compuesto por 3 profesionales que reúnan las<br />

siguientes características.<br />

b) Ser independientes, entendiéndose por ello que no participan en el Gobierno ni tienen<br />

relación comercial con cualquier empresa que opere en el Mercado.<br />

c) Ser profesionales, con amplio conocimiento técnico - económico, y/o legal y/o<br />

regulatorio.<br />

15.2.1.3 Cada profesional debe aportar, dentro de su área específica (económica, legal,<br />

regulatoria) conocimiento y experiencia en temas relacionados con diseño y estructuras de<br />

Mercados, eficiencia en Mercados, y competencia en Mercados. Dichos temas incluirán:<br />

a) Asesoramiento en diseño de índices para monitorear la competitividad y eficiencia del<br />

Mercado.<br />

b) Asesoramiento en diseño de índices para monitorear el comportamiento y eficiencia de<br />

un tipo específico de Participante.<br />

c) Asesoramiento en procedimientos y requerimientos para la recolección de los datos<br />

necesarios para los sistemas de monitoreo.<br />

d) Revisión y elaboración de conclusiones a partir de los índices de monitoreo, referidos al<br />

mercado en conjunto y a sus Participantes.<br />

e) Asesoramiento en el análisis confidencial de conflictos o denuncias o requerimientos de<br />

cambios regulatorios presentadas al ERSP.<br />

f) Desarrollo de propuestas de ajustes regulatorios que mejoren la competencia y/o<br />

eficiencia del mercado.<br />

15.2.1.4 El Grupo de Vigilancia contará con autoridad para acceder a la información del<br />

Mercado y los procedimientos metodológicos y resultados del CND en su función de<br />

operación integrada, despacho y administrador del Mercado, pero bajo compromiso de<br />

confidencialidad respecto de toda información con valor comercial y de las conclusiones de<br />

sus análisis hasta que los mismos no sean aprobados y puestos en conocimiento público<br />

por el ERSP.<br />

15.2.1.5 Sus funciones incluyen las siguientes.<br />

72

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!