CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA
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15.3.1.1 Toda modificación a las Reglas Comerciales debe justificarse en mejoras o<br />
adecuaciones necesarias para cumplir con los principios definidos en la Ley Eléctrica y su<br />
Reglamento General y sus modificaciones.<br />
15.3.1.2 Las modificaciones deben ser propuestas por el ERSP, por iniciativa del Grupo de<br />
Vigilancia ante inconvenientes detectados por el mismo, o reclamos escritos presentados<br />
por uno o más Participantes indicando la modificación requerida y el motivo que la justifica,<br />
o problemas detectados por el CND en su Informe de Regulación.<br />
15.3.1.3 El ERSP realizará una o más consultas a los Participantes del Mercado, informando<br />
las modificaciones en estudio y su justificación. Los Participantes podrán enviar sus<br />
observaciones y/o propuestas alternativas. El ERSP realizará una o más audiencias<br />
públicas. El ERSP tendrá en cuenta e informará las observaciones recibidas de los<br />
Participantes para justificar o no la necesidad de la modificación y, de justificar el cambio, el<br />
modo de implementarlo.<br />
15.3.1.4 Los cambios serán desarrollados y aprobados por el ERSP.<br />
15.3.1.5 El ERSP es el responsable de notificar a los Participantes y al CND de los cambios.<br />
El ERSP producirá un texto ordenado de las Reglas Comerciales con las modificaciones<br />
realizadas, que incluirá en su página WEB para acceso abierto a toda persona interesada.<br />
15.4 METODOLOGÍAS<br />
15.4.1.1 El CND, con el apoyo de los Participantes, tiene la responsabilidad de garantizar<br />
que existan las Metodologías requeridas para establecer la implementación de detalle de<br />
las presentes Reglas Comerciales y del Reglamento de Operación. Para ello podrá requerir<br />
asesoría especializada y conformar un grupo de Trabajo con la participación de los<br />
Participantes.<br />
15.4.1.2 Podrán proponer la necesidad de una Metodología:<br />
a) El CND, al verificar su necesidad de la programación y operación del sistema, o la<br />
administración del Mercado.<br />
b) Uno o más Participantes, de acuerdo a su experiencia por los resultados de la<br />
programación y operación del sistema y la administración del Mercado, o conflictos que<br />
de ello surgen.<br />
15.4.1.3 El ERSP, ante problemas detectados en la implementación o conflictos registrados,<br />
podrá sugerir al CND la necesidad de implementar Metodologías específicas que incluyan el<br />
detalle necesario para dar transparencia y eficiencia a la programación y operación del<br />
sistema y la administración del Mercado.<br />
15.4.1.4 El CND y todos los Participantes están obligados a cumplir con las Metodologías<br />
vigentes.<br />
15.4.1.5 Cada Metodología debe cumplir los siguientes requisitos:<br />
a) Ser consistente con el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, la Ley,<br />
su Reglamento General, las Reglas Comerciales y el Reglamento de Operación;<br />
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