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CAMBIOS REALIZADOS A LAS REGLAS COMERCIALES ... - ETESA

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15.3.1.1 Toda modificación a las Reglas Comerciales debe justificarse en mejoras o<br />

adecuaciones necesarias para cumplir con los principios definidos en la Ley Eléctrica y su<br />

Reglamento General y sus modificaciones.<br />

15.3.1.2 Las modificaciones deben ser propuestas por el ERSP, por iniciativa del Grupo de<br />

Vigilancia ante inconvenientes detectados por el mismo, o reclamos escritos presentados<br />

por uno o más Participantes indicando la modificación requerida y el motivo que la justifica,<br />

o problemas detectados por el CND en su Informe de Regulación.<br />

15.3.1.3 El ERSP realizará una o más consultas a los Participantes del Mercado, informando<br />

las modificaciones en estudio y su justificación. Los Participantes podrán enviar sus<br />

observaciones y/o propuestas alternativas. El ERSP realizará una o más audiencias<br />

públicas. El ERSP tendrá en cuenta e informará las observaciones recibidas de los<br />

Participantes para justificar o no la necesidad de la modificación y, de justificar el cambio, el<br />

modo de implementarlo.<br />

15.3.1.4 Los cambios serán desarrollados y aprobados por el ERSP.<br />

15.3.1.5 El ERSP es el responsable de notificar a los Participantes y al CND de los cambios.<br />

El ERSP producirá un texto ordenado de las Reglas Comerciales con las modificaciones<br />

realizadas, que incluirá en su página WEB para acceso abierto a toda persona interesada.<br />

15.4 METODOLOGÍAS<br />

15.4.1.1 El CND, con el apoyo de los Participantes, tiene la responsabilidad de garantizar<br />

que existan las Metodologías requeridas para establecer la implementación de detalle de<br />

las presentes Reglas Comerciales y del Reglamento de Operación. Para ello podrá requerir<br />

asesoría especializada y conformar un grupo de Trabajo con la participación de los<br />

Participantes.<br />

15.4.1.2 Podrán proponer la necesidad de una Metodología:<br />

a) El CND, al verificar su necesidad de la programación y operación del sistema, o la<br />

administración del Mercado.<br />

b) Uno o más Participantes, de acuerdo a su experiencia por los resultados de la<br />

programación y operación del sistema y la administración del Mercado, o conflictos que<br />

de ello surgen.<br />

15.4.1.3 El ERSP, ante problemas detectados en la implementación o conflictos registrados,<br />

podrá sugerir al CND la necesidad de implementar Metodologías específicas que incluyan el<br />

detalle necesario para dar transparencia y eficiencia a la programación y operación del<br />

sistema y la administración del Mercado.<br />

15.4.1.4 El CND y todos los Participantes están obligados a cumplir con las Metodologías<br />

vigentes.<br />

15.4.1.5 Cada Metodología debe cumplir los siguientes requisitos:<br />

a) Ser consistente con el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, la Ley,<br />

su Reglamento General, las Reglas Comerciales y el Reglamento de Operación;<br />

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