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Informe Anual 2010 - Ono

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ONO INFORME ANUAL <strong>2010</strong> | <strong>Informe</strong> de gobierno corporativo<br />

136<br />

Los anexos informativos al orden del día deberán enviarse,<br />

a ser posible, junto a éste con la convocatoria de la reunión<br />

y, en todo caso, si fuera posible, al menos dos días hábiles<br />

antes al fijado para la celebración de la reunión. Los anexos<br />

informativos se envían a los administradores por fax, correo<br />

electrónico, mensajero o cualquier otra vía que el Secretario<br />

del Consejo de Administración entienda más oportuna.<br />

Adicionalmente y dando cumplimiento a la posibilidad establecida<br />

en el Reglamento de Funcionamiento Interno del<br />

Consejo, se creó la Oficina del Accionista, cuyo cometido<br />

principal es encargarse de las relaciones de los accionistas<br />

entre sí y con la Sociedad, de los administradores entre sí y<br />

con la Sociedad y entre los administradores y los accionistas.<br />

La Oficina del Accionista gestiona la denominada “Virtual<br />

Board Room”, repositorio de acceso restringido para consejeros<br />

y accionistas en la que, entre otras cosas, se encuentra<br />

información relevante sobre la compañía, su actividad, composición<br />

y funcionamiento del Consejo de Administración y<br />

documentación de reuniones celebradas.<br />

B.1.43. Reglas que obligan a informar y, en su caso, a dimitir<br />

en supuesto que puedan perjudicar al crédito y reputación<br />

de la sociedad<br />

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.10 del Reglamento<br />

de Funcionamiento Interno del Consejo de Administración,<br />

los administradores estarán obligados a presentar<br />

su dimisión en aquellos supuestos en los que puedan verse<br />

afectados negativamente el funcionamiento del Consejo<br />

de Administración o el crédito o reputación de la Sociedad<br />

como consecuencia de su permanencia en dicho órgano.<br />

B.1.44. Miembros del Consejo de Administración que han<br />

informado a la Sociedad que han resultado procesados o<br />

se ha dictado contra ellos auto de apertura de juicio oral,<br />

por alguno de los delitos señalados en el artículo 213 de<br />

la Ley de Sociedades de Capital (antiguo artículo 124 de<br />

la Ley de Sociedades Anónimas)<br />

Ningún miembro del Consejo de Administración ha informado<br />

a la Sociedad al respecto.

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