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ONO INFORME ANUAL <strong>2010</strong> | Nuestras cifras<br />
165<br />
sario para liquidar la obligación correspondiente, tomando<br />
en consideración toda la información disponible en la fecha<br />
de cierre, incluida la opinión de expertos independientes,<br />
tales como asesores legales o consultores. Debido a las incertidumbres<br />
inherentes a las estimaciones necesarias para<br />
determinar el importe de las provisiones, los desembolsos<br />
reales pueden diferir de los importes reconocidos originalmente<br />
sobre la base de las estimaciones realizadas.<br />
c) Agrupación de partidas<br />
A efectos de facilitar la comprensión del balance, de la<br />
cuenta de pérdidas y ganancias y del estado de cambios<br />
en el patrimonio neto, estos estados se presentan de forma<br />
agrupada, recogiéndose los análisis requeridos en las notas<br />
correspondientes de la memoria.<br />
d) Información comparativa de las cuentas anuales del<br />
<strong>2010</strong> como consecuencia del Real Decreto 1159/<strong>2010</strong><br />
Conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria segunda<br />
del Real Decreto 1159/<strong>2010</strong> la Sociedad Dominante<br />
ha optado por considerar las presentes cuentas anuales<br />
<strong>2010</strong> como iniciales a los efectos de su comparabilidad y<br />
aplicación del principio de uniformidad, consecuentemente<br />
las cifras comparativas relativas al ejercicio anterior no han<br />
sido objeto de adaptación a los nuevos criterios. No obstante<br />
lo anterior, y dado que los cambios introducidos por el<br />
mencionado Real Decreto no aplican al Grupo, su incorporación<br />
no afecta ni a la comparabilidad ni a la uniformidad<br />
de las presentes cuentas.<br />
2.2. Principios de consolidación<br />
Los principios aplicados en la elaboración de las cuentas<br />
anuales consolidadas del Grupo, se detallan a continuación:<br />
Entidades dependientes<br />
Dependientes son todas las entidades sobre las que el Grupo<br />
ostenta o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control,<br />
entendiendo éste como el poder de dirigir las políticas<br />
financieras y de explotación de un negocio con la finalidad<br />
de obtener beneficios económicos de sus actividades. A la<br />
hora de evaluar si el Grupo controla otra entidad, se considera<br />
la existencia y el efecto de los derechos potenciales de<br />
voto que sean actualmente ejercitables o convertibles. Las<br />
dependientes se consolidan a partir de la fecha en que se<br />
transfiere el control al Grupo, y se excluyen de la consolidación<br />
en la fecha en que cesa el mismo.<br />
Adquisición de control<br />
Las adquisiciones por parte de la Sociedad Dominante (u<br />
otra sociedad del Grupo) del control de una sociedad dependiente<br />
constituye una combinación de negocios que se<br />
contabiliza de acuerdo con el método de adquisición. Este<br />
método requiere que la empresa adquirente contabilice, en<br />
la fecha de adquisición, los activos identificables adquiridos<br />
y los pasivos asumidos en una combinación de negocios, así<br />
como, en su caso, el correspondiente fondo de comercio o<br />
diferencia negativa.