12.07.2015 Views

1 DECRETO NÚMERO 27-2003 EL CONGRESO DE LA ... - Pami

1 DECRETO NÚMERO 27-2003 EL CONGRESO DE LA ... - Pami

1 DECRETO NÚMERO 27-2003 EL CONGRESO DE LA ... - Pami

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

procedimiento de adolescentes en conflicto con la ley penal conforme a las reglasestablecidas en el Código Procesal Penal.SECCION IIMEDIDAS <strong>DE</strong> COERCIONArtículo 179. Procedencia. Se podrá aplicar una medida de coerción preventivaúnicamente cuando el adolescente esta sujeto al proceso y con el objetivo de:Asegurar y garantizar la presencia del adolescente en el proceso;Asegurar las pruebas; o,Proteger a la víctima, al denunciante o testigos.La duración máxima de la medida de coerción en ningún caso podrá exceder de dosmeses. Vencido este plazo, sólo podrán ser prorrogadas por el juez mediante automotivado, a solicitud del fiscal, hasta por un máximo de dos meses más, a excepción dela sanción de privación de libertad provisional en centro de custodia, ésta en ningúncaso podrá ser prorrogada.Al vencimiento del plazo, si no hay sentencia condenatoria de primera instancia, lasanción cesa de pleno derecho y el juez bajo su responsabilidad debe ordenar lainmediata libertad del adolescente. Si hay sentencia condenatoria de primera instanciay ésta ha sido apelada, la Sala de la Niñez y Adolescencia podrá prorrogar por una solavez el plazo de duración de la sanción por el tiempo que sea necesario para resolver elcaso, el cual no podrá exceder en ningún caso de un mes.Artículo 180. Tipos de medidas cautelares. En el caso de que proceda dictarse unamedida cautelar y haya necesidad de adoptar una conforme a los objetivos enunciados,el juez de oficio o a petición del fiscal podrá ordenar la aplicación de las siguientesmedidas:La obligación del adolescente de presentarse periódicamente ante el tribunal oautoridad que el juez designe.La prohibición de salir sin autorización judicial del país, la localidad o ámbito territorialque el juez señale.La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona adulta e idónea,quién será la responsable de su cuidado y custodia, presentarlo ante el juez e informarde su situación cuantas veces le sea solicitado.Arresto domiciliario, en su propia residencia u otra idónea que el juez señale, bajo laresponsabilidad de una persona adulta.Prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares.Prohibición de comunicarse con personas determinadas, siempre que no se afecte suderecho de defensa.Privación de libertad provisional en un centro especial de custodia. Única yexclusivamente en los supuestos que esta Ley señala y a solicitud del fiscal.46

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!