CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO ...
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO ...
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
51<br />
observa que si bien en los certificados médicos emitidos por las autoridades mexicanas<br />
respecto a la integridad física de las víctimas se hace mención a alguna lesión en los<br />
testículos de éstas como consecuencia de la detención (supra párrs. 114 a 120), el peritaje<br />
de los señores Tramsen y Tidball-Binz concluyó respecto al señor Cabrera García que “[e]l<br />
testículo derecho está retraído y reducido a la mitad del tamaño del testículo izquierdo” 178 ,<br />
mientras que en el caso del señor Montiel Flores señaló que sus testículos se encontraban<br />
en estado normal 179 . Asimismo, cabe resaltar que las conclusiones del dictamen de los<br />
peritos Tramsen y Tidball-Binz coinciden de manera significativa con aquéllas contenidas en<br />
el examen emitido al liberar a los señores Cabrera y Montiel (supra párr. 117) y con el<br />
dictamen pericial presentado por el perito Quiroga 180 , ya que este último indicó que “el<br />
examen médico demuestra una atrofia del testículo derecho que fue previamente descrita<br />
en el examen físico de Physicians for Human Rights en julio de 2000” 181 . No obstante lo<br />
anterior, la perito Gutiérrez Hernández asoció estas últimas conclusiones a problemas<br />
degenerativos propios de la edad de las víctimas y a problemáticas relacionadas con el<br />
colesterol 182 .<br />
128. Por otra parte, la Corte observa que en el proceso penal interno sólo el señor<br />
Montiel Flores indicó “que lo mojaban para darle toques [eléctricos] por períodos cortos” 183 .<br />
No obstante lo anterior, los representantes manifestaron que el señor Cabrera García recibió<br />
choques eléctricos en el muslo izquierdo. Al respecto, el Tribunal resalta que los toques<br />
eléctricos son un método de tortura que se diferencia de otros debido a que es difícil<br />
determinar la realización de los mismos, ya que es posible utilizar mecanismos para que no<br />
queden huellas visibles del hecho 184 . En el examen médico que se le realizó a las víctimas al<br />
salir de la cárcel, se indicó que en el caso del señor Montiel Flores existe una “zona de<br />
dermatoma con insensibilidad”, de “5 cm” en el muslo derecho” 185 . Asimismo, en el<br />
dictamen de los señores Tramsen y Tidball-Binz se indicó que “[e]n el centro del lado<br />
jalaron […] los testículos” y que “por momentos perdía el conocimiento”. Cfr. Declaración rendida por el señor<br />
Rodolfo Montiel Flores en la audiencia pública celebrada en este caso.<br />
178 Cfr. Physicians for Human Rights- Denmark. El caso de los señores Cabrera y Montiel, supra nota 165,<br />
folio 8381.<br />
179<br />
Cfr. Physicians for Human Rights- Denmark. El caso de los señores Cabrera y Montiel, supra nota 165,<br />
folio 8380).<br />
180<br />
El perito indicó que el señor Cabrera García presentaba “pene normal, testículo derecho atrofiado,<br />
izquierdo normal”. La atrofia “fue confirmada durante [su] evaluación física y documentada con un ultrasonido de<br />
la región testicular en mayo de 2010. La atrofia testicular derecha es consistente con una atrofia testicular<br />
secundaria a trauma”. En cuanto al señor Montiel Flores declaró que su “pene [se encontraba] normal, [y los]<br />
testículos [también]”. Cfr. Dictamen rendido por el perito José Quiroga ante fedatario público, supra nota 173,<br />
folios 1318, 1319 y 1326.<br />
181 Cfr. Dictamen rendido por el perito José Quiroga ante fedatario público, supra nota 173, folio 1319.<br />
182 Cfr. Dictamen rendido por la perito Juana Ma. Gutiérrez Hernández en la audiencia pública, supra nota 35.<br />
183 Cfr. Declaración rendida por el señor Rodolfo Montiel Flores en la audiencia pública, supra nota 177.<br />
184 En este sentido, el Protocolo de Estambul señala que “[c]iertas formas de tortura, como los choques<br />
eléctricos o los traumatismos por golpes pueden ser indetectables en un primer momento pero se harán patentes<br />
durante un examen ulterior”. Igualmente, se indica que “la exploración física de la víctima no permite determinar el<br />
tipo, el momento de aplicación, la intensidad y el voltaje de la energía utilizada. Los torturadores utilizan con<br />
frecuencia agua o geles para aumentar la eficiencia de la tortura, ampliar el punto de entrada de la corriente<br />
eléctrica y prevenir la aparición de quemaduras eléctricas detectables […]”. Cfr. Protocolo de Estambul, supra nota<br />
149, párrs. 174 y 211.<br />
185 Cfr. Análisis médico directo de los señores Cabrera y Montiel de 7 de octubre de 2001, supra nota 159,<br />
folio 1734.