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6deberes_especificos

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Deberes específicos de prevención, investigación y sanción<br />

obligado). En el entendido de que éste módulo forma parte de una Metodología integrada por otros<br />

módulos, uno de éstos aborda específicamente las obligaciones genéricas, en consecuencia el presente<br />

no se adentra en el contenido de aquéllas.<br />

Ahora bien, la falta de claridad antes referida tiene un impacto muy significativo en el análisis de los deberes<br />

específicos pues, como se señaló, estos han sido usualmente comprendidos dentro del desarrollo<br />

jurisprudencial de la Corte idh dentro de la obligación genérica de garantía, sin embargo, puede suceder<br />

que ciertos deberes específicos, por la naturaleza de las conductas que exigen a los sujetos obligados,<br />

encuadren mejor dentro de la obligación de protección de los derechos humanos. 30<br />

Lo anterior, no pretende demeritar el desarrollo jurisprudencial de las obligaciones en materia de derechos<br />

humanos emprendido en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (sidh), sino aportar<br />

herramientas analíticas para clarificar cuál es la naturaleza de las obligaciones genéricas y con ello<br />

lograr una mejor colocación y la consecuente resignificación de cada uno de los deberes específicos.<br />

En este punto, debe referirse que no existe a nivel doctrinario en cuanto tal, una definición de los deberes<br />

específicos en su conjunto, sin embargo, una conceptualización posible de los mismos se presenta<br />

a continuación.<br />

Los deberes específicos en materia de derechos humanos constituyen una modalidad específica de<br />

obligaciones que derivan de una general, y cuya naturaleza, límites y alcances estará delimitada por<br />

aquella obligación de la que se desprenden. Asimismo, dichos deberes exigen a los sujetos obligados a<br />

su cumplimiento la realización de conductas concretas para atender una situación particular en la que<br />

se presenten posibles violaciones y violaciones a los derechos humanos.<br />

Habiendo abordado algunos elementos para la conceptualización de las obligaciones genéricas así como<br />

de los deberes específicos (en su conjunto) en materia de derechos humanos es necesario ahondar en<br />

la teoría de las obligaciones genéricas que ha desarrollado la doctrina, como herramienta analítica para<br />

lograr el efectivo cumplimiento de los deberes específicos y por ende, la real materialización de los derechos<br />

humanos.<br />

¿Por qué categorizar las obligaciones?<br />

Como se refirió en líneas anteriores, la conceptualización de las obligaciones en materia de derechos<br />

humanos ha presentado diversas complicaciones y ha generado dificultades para la delimitación de sus<br />

30 La misma cuestión ha sido abordada en el módulo 5 de esta Metodología: Principios y obligaciones de derechos humanos: los derechos<br />

en acción refiriéndose que “[…] estos otros tres aspectos [deber de prevención, investigación y sanción] que normalmente son<br />

relacionados con la obligación de garantizar, desde una organización propia de la teoría jurídica y cierta lógica conceptual, en realidad<br />

formarían parte del derecho a la protección de los derechos humanos (lo que incluye, entre otras cosas, la generación de mecanismos<br />

jurisdiccionales –y de otro tipo– de protección de los derechos humanos).” Por tanto, se recomienda acceder al contenido de dicho<br />

módulo para abrevar de otra visión que, sin duda, será enriquecedora.

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