6deberes_especificos
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Deberes específicos de prevención, investigación y sanción<br />
como un hecho ilícito, que es susceptible de acarrear sanciones capaz de contrarrestar y combatir<br />
los factores de riesgo.<br />
En efecto, el deber de prevenir exige a las autoridades estatales la adopción de todas las medidas que, en<br />
el marco de lo probable, puedan y en consecuencia, deban prevenirse.<br />
b) La aplicación de medidas tendientes al logro de metas a largo plazo con la finalidad de generar<br />
conciencia acerca de la importancia de los derechos humanos y el papel fundamental que juega<br />
su materialización en la construcción de una sociedad incluyente, solidaria y participativa cuyos<br />
efectos podrá definirse sólo a largo plazo.<br />
No es así, recuerde que el deber de prevenir exige a las autoridades estatales la adopción de todas las medidas<br />
que, en el marco de lo probable, puedan y en consecuencia, deban prevenirse.<br />
c) El deber del Estado de asegurar que las personas bajo su jurisdicción no sufran violaciones por<br />
parte de terceros o incluso de autoridades a través de la adopción de disposiciones normativas u<br />
otro tipo de medidas.<br />
No es así. Recordemos que si bien el deber de prevenir se encuentra dentro de la obligación genérica de<br />
protección, aquel no puede ser definido como dicha obligación genérica.<br />
d) La conducta del Estado para abstenerse de realizar acciones directas que signifiquen la transgresión<br />
de las violaciones a los derechos humanos de las personas que habitan y transitan en el<br />
Estado.<br />
No. Recuerde que la evaluación de la no afectación directa de los derechos de las personas por parte de<br />
agentes estatales es definitoria de otra de las obligaciones genéricas más no del deber de prevención.<br />
9. El deber de investigación conlleva…<br />
a) Poner fin al comportamiento contrario a las obligaciones internacionales asumidas por los Estados,<br />
por lo que resulta irrelevante que la conducta haya sido llevada a cabo por un particular o<br />
por un agente del Estado.<br />
No es así, el deber de investigación tiene una finalidad muy específica que es la determinación del cómo<br />
ocurrieron las violaciones y en qué grado se afectaron o no los derechos.<br />
b) Impone al Estado el deber específico de dilucidar toda situación en la que se hayan vulnerado<br />
derechos humanos, ya sea por parte de agentes estatales o particulares que actúen con la aquiescencia<br />
o tolerancia del Estado. Es decir, este deber se mantiene cualquiera que sea el agente al<br />
cual pueda eventualmente atribuirse la violación, siendo incluso válido frente a particulares que<br />
actúen impunemente en menoscabo de los derechos humanos.