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Liberarte_Vol_3_No_1_Septiembre_Diciembre_2008

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De ahí que, ―el modelo de feminidad que se supone normal según la teoría penal, exige que lasmujeres se conformen, antes que nada a un modelo maternal: en realidad, la mujer es madre antesde todo, y en la maternidad se expresa y se realiza gran parte del destino femenino‖ (Graziosi2000:141).Vemos así que el ámbito asignado a las mujeres es el privado, el espacio reproductivo. El espaciomasculino es el público, el espacio productivo. Esta noción básica de los diferentes roles de géneroy de la división del trabajo, ha moldeado las nociones de feminidad y de masculinidad en lasociedad. Y estas mismas nociones han marcado a las ciencias sociales, como es la criminología.El sistema penal actúa en el esfera pública, como mecanismo complementario con otros sistemasde la misma esfera, como educación, política o economía. Mientras que unas esferas normalizanen el ámbito laboral, profesional, educativo, el sistema penal tratará de encauzar uncomportamiento desviado. Es un sistema de control formal, en la mayor parte de casos, dirigido alos varones . (Baratta 2000: 61).La cárcel para las mujeres integraría el control formal e informal de la población femenina.Constituye un ―sistema de control …, específicamente dirigido a las mujeres, en cuanto poseedorasde roles en el ámbito (privado) de la reproducción natural‖. La detención era menos frecuente queen el caso de los hombres y, de todas formas, la justicia criminal tenía en mente limitar suinterferencia sobre el rol conferido a las mujeres en la esfera de la reproducción. Las cárceles noeducan a las mujeres para una vida autónoma, sino que las reducen a esposas y trabajadorasfieles. Se utiliza la prisión para mujeres con el fin de reproducir papeles femeninos socialmenteconstruidos (Baratta 2000: 61; 64).Lo que el sistema penal castiga, juzga o busca reestablecer en el caso de las mujeres es: lacapacidad de reproducción (su comportamiento acorde con el matrimonio y la maternidad), sudependencia del sustento que provee el marido y, por último, un acceso limitado a los órganos decontrol social (ellas deben subordinarse más al patriarca privado que al Estado, pues es el primeroquien ejerce el dominio particular de varones sobre mujeres) (Baratta 2000: 64).Mientras que en ciertos delitos, como el robo, las mujeres encuentran inmunidad o benevolencia enel ámbito penal, en el caso en que las infracciones se producen en el contexto de vida diferente delque se impone a los papeles femeninos (no tienen una familia tradicional, o las abandonaron, o suconducta sexual es distinta a la establecida), las mujeres son tratadas con mayor severidad que losvarones (Baratta 2000: 65).El Código Penal tiende a calificar como objeto de tutela penal a la mujer ―honesta‖, término que noes usado cuando se trata de delitos comunes, (aquellos que pueden ser cometidos por personas

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