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Estudio Socio-Económico Planta Faenamiento Macas(5 MB)

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La Empresa Municipal de Rastro dispondrá de una organización administrativa básica<br />

de acuerdo a las necesidades que deba satisfacer, a los servicios que presta y a las<br />

actividades que como empresa emprenda pudiendo ampliarse o modificarse conforme<br />

a su desarrollo y necesidades.<br />

El Reglamento dictado por el Directorio determinará la estructura administrativa de la<br />

Empresa, así como las atribuciones, funciones y deberes de cada dependencia.<br />

DIRECTORIO<br />

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA<br />

El Directorio es la autoridad política y legislativa de la Empresa, encargada de<br />

establecer las estrategias y directrices generales de las actividades que desarrolla.<br />

Se puede conformar de la siguiente manera:<br />

a) El Alcalde del Cantón, quien presidirá,<br />

b) Un concejal, nombrado por el I. Concejo Cantonal, quien será el Vicepresidente<br />

del Directorio;<br />

c) El Director Administrativo de la I. Municipalidad de Morona;<br />

d) El Director de Control Urbanístico de la I. Municipalidad de Morona;<br />

e) Un representante de la ciudadanía, designado por el I. Concejo Cantonal de una<br />

terna presentada por el Alcalde;<br />

f) Un representante designado por la Asamblea General de los Empleados y<br />

Trabajadores de la Empresa.<br />

El gerente actuará como Secretario, con voz informativa.<br />

Los miembros del Directorio antes mencionados a los que se refieren los literales a), b),<br />

c), d) y f), durarán en sus funciones mientras ejerzan las representaciones para las<br />

cuales fueron elegidos; en ningún caso excederá de dos años, pudiendo ser reelegidos.<br />

En ausencia del Alcalde, presidirá el directorio el Vicepresidente.<br />

Las sesiones del directorio se realizarán una vez al mes ordinariamente y<br />

extraordinariamente cuantas veces sean necesarias.<br />

El quórum se conformará con la asistencia de cuatro miembros incluidos el Presidente.<br />

La convocatoria a las sesiones las realizará el Presidente, por escrito, sea por propia<br />

iniciativa, a pedido del Gerente o al menos de tres miembros del directorio, por lo<br />

menos con veinte y cuatro horas de anticipación a la fecha y hora de la reunión,<br />

indicando el orden del día a tratarse y adjuntando la documentación pertinente.<br />

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