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REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

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VII. Transiciones<br />

VII.C. GRADUACION.<br />

(1) Hayan sido identificados como un estudiante con una<br />

incapacidad y hayan recibido servicios de acuerdo con un<br />

Programa de Educación Individualizado (IEP, siglas en<br />

ingles), pero quién dejó la escuela previo a su<br />

encarcelamiento; o<br />

(2) No tenga un Programa de Educación Individualizado (IEP,<br />

siglas en ingles) en su última escena educativa, pero que<br />

haya sido en realidad identificado como un estudiante con<br />

una incapacidad.<br />

1. La obligación de la agencia de educación local (LEA, siglas en ingles) de<br />

poner una Educación pública apropiada libre (FAPE, siglas en ingles)<br />

disponible para todos los estudiantes con incapacidades no se aplica a<br />

los estudiantes con incapacidades que se hayan graduado de la escuela<br />

secundaria con un diploma de la escuela secundaria regular (§300.102(a)<br />

(3)(i)).<br />

a. La excepción en el numeral VII.C.1 no se aplica a estudiantes que<br />

se hayan graduado de la escuela secundaria pero no se les haya<br />

otorgado un diploma de la escuela secundaria regular<br />

(§300.102(a)(3)(ii)).<br />

b. La graduación de la escuela secundaria con un diploma de la escuela<br />

secundaria regular constituye un cambio en colocación, requiriendo<br />

aviso previo por escrito, (§300.102(a)(3)(ii)).<br />

(1) El aviso previo por escrito debe contener todos los requisitos<br />

en el punto IV.D de estas normativas (§300.503), incluyendo<br />

el permitir un tiempo razonable antes de que la agencia de<br />

educación local (LEA, siglas en ingles) propusiera terminar<br />

la elegibilidad del estudiante bajo el Acta de Mejoramiento<br />

de la Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A,<br />

siglas en ingles) al otorgarle al estudiante un diploma.<br />

c. El término “diploma de la escuela secundaria regular” no incluye un<br />

grado alternativo que no esté totalmente en consonancia con las<br />

normas académicas del Estado, tales como un certificado o una<br />

credencial de desarrollo educativo general (GED)<br />

(§300.102(a)(3)(iv)).<br />

2. El equipo del Programa de Educación Individualizado (IEP, siglas en<br />

ingles) puede enmendar requisitos de la graduación y debe documentar<br />

en el Programa de Educación Individualizado (IEP, siglas en ingles) la<br />

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