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REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

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V. Procedimientos Disciplinarios<br />

a. Para el tercer cumpleaños del estudiante elegible, la LEA debe<br />

asegurarse que un IEP se ha desarrollado y ha estado llevándose<br />

a cabo para el estudiante (§300.124(b)).<br />

b. Si el tercer cumpleaños de un estudiante ocurre después del final<br />

del año escolar, la LEA debe asegurarse que un IEP se ha<br />

desarrollado, y el equipo de IEP del estudiante determinará la<br />

fecha en el próximo año escolar cuando el IEP empezará, excepto<br />

si el equipo de IEP determina que los servicios del año escolar<br />

extendidos se necesitan fuera del año escolar.<br />

5. Los estudiantes bajo el programa preescolar que han estado siendo<br />

servidos por el Head Start deben cumplir todos los requisitos en esas<br />

Reglas, incluyendo el criterio de elegibilidad y la provisión de una FAPE.<br />

III.L. <strong>EDUCACION</strong> FISICA. (§300.108)<br />

1. Los servicios de educación física, especialmente diseñados si son<br />

necesarios, debe estar disponibles a cada estudiante con una<br />

incapacidad que reciba una FAPE, a menos que la LEA inscriba a<br />

estudiantes sin incapacidades y no proporcione educación física a los<br />

estudiantes sin incapacidad en los mismos grados.<br />

2. A cada estudiante con una incapacidad le debe ser dar la oportunidad de<br />

participar en el programa de educación física regular disponible a los<br />

estudiantes sin incapacidades a menos que:<br />

a. El estudiante está inscrito tiempo completo en una facilidad<br />

separada; o<br />

b. El estudiante necesita educación física especialmente diseñada,<br />

como esta descrito en el IEP del estudiante.<br />

3. Si especialmente se prescribe una educación física diseñada en el IEP de<br />

un estudiante, la LEA responsable por la educación de ese estudiante<br />

debe proporcionar directamente los servicios o deben hacer los arreglos<br />

para que esos servicios sean proporcionados a través de otro programa<br />

público o privado.<br />

4. La LEA responsable por la educación de un estudiante con una<br />

incapacidad que es inscrito en una facilidad separada debe asegurarse<br />

que el estudiante recibe servicios de educación físicos apropiados.<br />

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