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REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

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VIII. Responsabilidades de la Oficina Estatal de Educación<br />

VIII.P. SUBAPARTE G—AUTORIZACION, REPARTO, USO <strong>DE</strong> FONDOS, Y<br />

AUTORIZACION <strong>DE</strong> APROPIACIONES.<br />

La Secretaria hace concesiones a los estados y proporciona fondos para<br />

ayudarles a proporcionar la educación especial y sus servicios relacionados a<br />

los estudiantes con incapacidades de acuerdo con la Parte B del Acta<br />

(§300.700).<br />

1. Fondos adicionales a los fondos Federales, estatales locales, y otros.<br />

(§300.162)<br />

a. Los fondos pagados a un Estado bajo Parte B del Acta de<br />

Mejoramiento de la Educación para Individuos con Incapacidades<br />

(I<strong>DE</strong>A, siglas en ingles) deben gastarse de acuerdo con todas las<br />

provisiones de la Parte B del Acta de Mejoramiento de la<br />

Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas en<br />

ingles).<br />

b. Prohibición contra la mezcla de fondos.<br />

(1) Los fondos pagados a un Estado bajo la Parte B no debe<br />

ser mezclados con fondos del Estado.<br />

(2) La Oficina Estatal de Educación de <strong>Utah</strong> (<strong>USOE</strong>, siglas en<br />

ingles) puede usar un sistema de contabilidad separado que<br />

incluya un rastro de auditoria de los gastos de fondos bajo la<br />

Parte B pagado al Estado para asegurar que ninguna<br />

mezcla de fondos ocurra.<br />

c. Los fondos pagados a un Estado bajo la Parte B del Acta de<br />

Mejoramiento de la Educación para Individuos con Incapacidades<br />

(I<strong>DE</strong>A, siglas en ingles) debe ser usados para suplementar el nivel<br />

de los fondos federales, estatales y locales (incluso fondos que no<br />

están bajo el mando directo de La Oficina Estatal de Educación de<br />

<strong>Utah</strong> (<strong>USOE</strong>, siglas en ingles) o las agencias de educación local<br />

(LEA, siglas en ingles) expendidos para la educación especial y<br />

sus servicios relacionados proporcionados a los estudiantes con<br />

incapacidades bajo la Parte B del Acta de Mejoramiento de la<br />

Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas en<br />

ingles), y en ningún caso para suplantar esos fondos federales,<br />

estatales y locales.<br />

2. Mantenimiento de apoyo financiero Estatal. (§300.163)<br />

a. Un Estado no debe reducir la cantidad de apoyo financiero estatal<br />

para la educación especial y sus servicios relacionados para los<br />

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