REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov
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VIII. Responsabilidades de la Oficina Estatal de Educación<br />
c. Para las actividades en los niveles Estatales y locales para cumplir<br />
las metas de la actuación establecidas por el Estado bajo Sección<br />
612(a)(15) del Acta de Mejoramiento de la Educación para<br />
Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas en ingles); o<br />
d. Para complementar otros fondos usados para desarrollar e<br />
implementar un sistema de servicios coordinados a lo ancho del<br />
estado diseñado para mejorar los resultados de los estudiantes y<br />
familias, incluso de los estudiantes con incapacidades y sus<br />
familias, pero que no sea más de uno por ciento de la cantidad<br />
recibida por el Estado bajo Sección 619 del Acta de Mejoramiento<br />
de la Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas<br />
en ingles) durante un año fiscal.<br />
5. Sub concesiones a las agencias de educación local (SEA, siglas en<br />
ingles) bajo la sección 619 para los estudiantes elegibles entre los 3<br />
y los 5 años. (§300.815)<br />
Cada estado que recibe una concesión bajo la sección 619 del Acta de<br />
Mejoramiento de la Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A,<br />
siglas en ingles) durante cualquier año fiscal debe distribuir todos los<br />
fondos de concesión que el Estado no reserva bajo §300.812 a las<br />
agencias de educación local (LEA, siglas en ingles) en el Estado que ha<br />
establecido su elegibilidad bajo Sección 613 del Acta de Mejoramiento de<br />
la Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas en ingles).<br />
a. Asignaciones a las agencias de educación local (LEA, siglas en<br />
ingles). (§300.816)<br />
(1) El Estado debe otorgar la cantidad que la agencia habría<br />
recibido bajo Sección 619 deL Acta de Mejoramiento de la<br />
Educación para Individuos con Incapacidades (I<strong>DE</strong>A, siglas<br />
en ingles) durante el año 1997 fiscal a cada agencia de<br />
educación local (LEA, siglas en ingles) elegible si el Estado<br />
había distribuido el 75 por ciento de la concesión durante<br />
ese año bajo la sección 619(c)(3), tal como la sección<br />
estaba entonces en efecto.<br />
(2) Durante el año 1998 fiscal y posterior:<br />
(a)<br />
Si un nueva agencia de educación local (LEA, siglas<br />
en ingles) es creada, el Estado debe dividir la<br />
asignación base determinada bajo VIII.P.5.a para las<br />
agencias de educación local (LEA, siglas en ingles)<br />
que habrían sido responsable de servir a los<br />
estudiantes con incapacidades que ahora son<br />
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