REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov
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V. Procedimientos Disciplinarios<br />
5. Si ninguno de los padres puede participar en una reunión en la que será<br />
hecha una decisión que está relacionada a la colocación educativa de su<br />
estudiante, la LEA debe usar otros métodos para asegurar su<br />
participación, incluyendo llamadas telefónicas individuales o de<br />
conferencia, o la video conferencia.<br />
6. Una decisión de colocación puede ser tomada por un grupo sin la<br />
participación de un padre, si la LEA es incapaz de obtener la participación<br />
del padre en la decisión. En este caso, la LEA debe tener un registro de<br />
su esfuerzo por asegurar la participación del padre.<br />
IV.C. EVALUACION EDUCATIVA IN<strong>DE</strong>PENDIENTE. (§300.502)<br />
1. La evaluación educativa independiente significa una evaluación dirigida<br />
por un examinador calificado que no está empleado por la LEA<br />
responsable de la educación del estudiante en cuestión.<br />
2. Cada LEA establecerá y llevará a cabo las políticas y procedimientos<br />
relacionados para la evaluación educativa independiente que reúna los<br />
requisitos de Parte B de I<strong>DE</strong>A y estas Reglas.<br />
3. Los siguientes requisitos deben ser cumplidos:<br />
a. Los padres de un estudiante con una incapacidad tienen el<br />
derecho de obtener una evaluación educativa independiente del<br />
estudiante con cargo al gasto público si ellos discrepando están de<br />
acuerdo con una evaluación obtenida por la LEA.<br />
b. La LEA debe proporcionar a los padres, ante una solicitud de una<br />
evaluación educativa independiente, la información sobre donde<br />
una evaluación educativa independiente puede obtenerse, y el<br />
criterio de la LEA aplicable para las evaluaciones educativas<br />
independientes. La evaluación educativa independiente significa<br />
una evaluación dirigida por un examinador calificado que no está<br />
empleado por la LEA responsable de la educación del estudiante; y<br />
medios de gasto públicos significa que la LEA paga por el costo<br />
completo de la evaluación o asegura que la evaluación se<br />
proporciona por otra parte sin ningún costo para los padres.<br />
c. Si un padre pide una evaluación educativa independiente con<br />
cargo al gasto público, la LEA debe, sin retraso innecesario, aplicar<br />
una queja mediante el debido proceso para pedir una audiencia y<br />
demostrar que su evaluación es apropiada, o asegurase que una<br />
evaluación educativa independiente se proporciona con cargo al<br />
gasto público, a menos que la LEA demuestre en una audiencia<br />
que la evaluación obtenida por el padre no cumple con el criterio<br />
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