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REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

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V. Procedimientos Disciplinarios<br />

5. Si ninguno de los padres puede participar en una reunión en la que será<br />

hecha una decisión que está relacionada a la colocación educativa de su<br />

estudiante, la LEA debe usar otros métodos para asegurar su<br />

participación, incluyendo llamadas telefónicas individuales o de<br />

conferencia, o la video conferencia.<br />

6. Una decisión de colocación puede ser tomada por un grupo sin la<br />

participación de un padre, si la LEA es incapaz de obtener la participación<br />

del padre en la decisión. En este caso, la LEA debe tener un registro de<br />

su esfuerzo por asegurar la participación del padre.<br />

IV.C. EVALUACION EDUCATIVA IN<strong>DE</strong>PENDIENTE. (§300.502)<br />

1. La evaluación educativa independiente significa una evaluación dirigida<br />

por un examinador calificado que no está empleado por la LEA<br />

responsable de la educación del estudiante en cuestión.<br />

2. Cada LEA establecerá y llevará a cabo las políticas y procedimientos<br />

relacionados para la evaluación educativa independiente que reúna los<br />

requisitos de Parte B de I<strong>DE</strong>A y estas Reglas.<br />

3. Los siguientes requisitos deben ser cumplidos:<br />

a. Los padres de un estudiante con una incapacidad tienen el<br />

derecho de obtener una evaluación educativa independiente del<br />

estudiante con cargo al gasto público si ellos discrepando están de<br />

acuerdo con una evaluación obtenida por la LEA.<br />

b. La LEA debe proporcionar a los padres, ante una solicitud de una<br />

evaluación educativa independiente, la información sobre donde<br />

una evaluación educativa independiente puede obtenerse, y el<br />

criterio de la LEA aplicable para las evaluaciones educativas<br />

independientes. La evaluación educativa independiente significa<br />

una evaluación dirigida por un examinador calificado que no está<br />

empleado por la LEA responsable de la educación del estudiante; y<br />

medios de gasto públicos significa que la LEA paga por el costo<br />

completo de la evaluación o asegura que la evaluación se<br />

proporciona por otra parte sin ningún costo para los padres.<br />

c. Si un padre pide una evaluación educativa independiente con<br />

cargo al gasto público, la LEA debe, sin retraso innecesario, aplicar<br />

una queja mediante el debido proceso para pedir una audiencia y<br />

demostrar que su evaluación es apropiada, o asegurase que una<br />

evaluación educativa independiente se proporciona con cargo al<br />

gasto público, a menos que la LEA demuestre en una audiencia<br />

que la evaluación obtenida por el padre no cumple con el criterio<br />

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