02.01.2014 Views

REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

REGLAS DE EDUCACION ESPECIAL - USOE - Utah.gov

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

IX. Elegibilidad y Responsabilidades de la LEA<br />

d. Acreditación de dificultades visuales que le permite al poseedor<br />

enseñar a estudiantes que tienen visualmente ceguera u otros<br />

dañó visual.<br />

3. Maestros que proporcionan servicios en una sola categoría de Deterioro<br />

de Habla/Lenguaje deben sostener la licencia apropiada, acreditación, o<br />

área de concentración en la categoría de Deterioro de Habla/Lenguaje.<br />

4. Maestros asignados para enseñar asuntos académicos en programas de<br />

educación especiales elementales y secundarios deben, además de su<br />

licencia de educación especial, cumplir los estándares para el personal<br />

muy calificado bajo el Acta de Educación Elemental y Secundaria (ESEA,<br />

siglas en ingles). (Vea Normativas Administrativas de la Junta.)<br />

5. Los trabajadores sociales escolares y psicólogos de la escuela que<br />

proporcionan a los servicios a los estudiantes con incapacidades deben<br />

ser autorizados por la Junta Estatal de Educación como trabajadores<br />

sociales escolares o psicólogos de la escuela, o mantener una licencia del<br />

estado de <strong>Utah</strong>.<br />

6. Maestros que sirven a los estudiantes en edad de preescolar con<br />

incapacidades deben mantener una licencia de Educador de Educación<br />

Especial (Nacimiento–5 años).<br />

7. Los Individuos que proporcionan servicios de evaluación psicológica para<br />

los estudiantes con incapacidades debe mantener una licencia de<br />

educación de <strong>Utah</strong> para psicólogos escolares o una Licencia estatal de<br />

<strong>Utah</strong>.<br />

IX.I. COMPRA <strong>DE</strong> MATERIALES EDICATIVOS EN FORMATOS ACCESIBLES.<br />

(§300.210)<br />

1. No después del 3 de diciembre de 2006, una agencia de educación local<br />

(LEA, siglas en ingles) que escoge coordinar con el Centro Nacional de<br />

Acceso a Materiales de enseñanza (NIMAC, siglas en ingles), cuando<br />

compra materiales de instrucción impresos, debe adquirir esos materiales<br />

de enseñanza de la misma manera, y sujeto a las mismas condiciones<br />

que la Oficina Estatal de Educación de <strong>Utah</strong> (<strong>USOE</strong>, siglas en ingles) bajo<br />

la Normativa VIII.V.<br />

2. Si una agencia de educación local (LEA, siglas en ingles) escoge no<br />

coordinar con el Centro Nacional de Acceso a Materiales de enseñanza<br />

(NIMAC, siglas en ingles), la agencia de educación local (LEA, siglas en<br />

239

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!