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Mª Eugenia Claps y Pedro Pérez (Coords). Fiscalidad, medio ambiente…<br />

(IELAT – Diciembre 2011)<br />

ni necesario ni prudente acudir a empréstitos externos voluminosos o a la emisión de papel<br />

moneda para ampliar la capacidad de acción del Estado.<br />

Cuando se analizan las partidas de ingresos del ejercicio fiscal 1819-1820, se aprecia que la deuda<br />

interna (se tomaron en empréstito total o parcialmente los fondos de los santos lugares, las fábricas,<br />

cofradías obras pías, diezmos) fue la partida más importante (36,7%), seguida de las salinas (15%),<br />

otras tesorerías (13,8%), impuestos eclesiásticos (8,6%) y “otros” (8,3%). Las alcabalas<br />

alcanzaron el 5,4% del total de los ingresos. El tabaco y los correos, no obstante los cambios<br />

decretados para tratar de aumentar la recaudación en estos rubros, alcanzaron sólo el 3,9% y el 0%<br />

respectivamente del total de los ingresos. Es notable también reseñar que la contribución directa<br />

sólo llegó al 3,7% del total y que se lograra en tan poco tiempo reducir el tributo indígena al 1,6%.<br />

La casa de moneda (1%), el papel sellado (0,7%) y el aguardiente (0,2%) representaron cantidades<br />

menores, lo cual indica que los esfuerzos en aumentar la recaudación del papel sellado no dieron<br />

resultados en el corto plazo. Los valores de la renta de aduanas no se consignaron en dicho año<br />

debido a que los puertos de la vertiente atlántica no serían liberados hasta finales de 1822, los de<br />

la costa del pacífico no se pacificaron hasta 1824 y el puerto de Guayaquil no se incorporó hasta<br />

1824 (véase Cuadro núm. 2).<br />

Cuando se analiza el gasto ejercido en el año fiscal 1819-1820, se comprueba que todavía los<br />

gastos bélicos consumían el 57% del total y que se destinaba el restante 42,2% a los gastos civiles.<br />

Todavía no se destinaba ninguna cantidad a satisfacer los servicios de la deuda (véase Cuadro<br />

Núm. 3).<br />

1821-1830. José María del Castillo y Rada. Secretario de Estado y del despacho de<br />

Hacienda del Congreso de Colombia<br />

El 6 de mayo de 1821 comenzó a sesionar en la Villa del Rosario de Cúcuta un nuevo<br />

Congreso Constituyente. En la Constitución que se aprobó el 30 de agosto de 1821 los<br />

pueblos de la Nueva Granada y Venezuela unieron sus destinos conformando la República<br />

de Colombia adoptándose la forma de gobierno republicana, “popular” (democrática) con<br />

presencia de tres poderes (ejecutivo, legislativo, judicial). En 1822 se incorporaron a la<br />

República de Colombia el Departamento del Istmo (Panamá y Veraguas) y los<br />

Departamentos de Quito y Guayaquil. Según los cálculos de Gaspar-Théodore Mollien para<br />

dicha época el antiguo reino de Quito tendría unos 350.000 habitantes, la capitanía general<br />

de Venezuela unos 767.000 y el reino de la Nueva Granada 1.338.000 habitantes, lo cual<br />

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Instituto de Estudios Latinoamericanos – Universidad de Alcalá |

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