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A FONDO<br />

70<br />

sentido común y la comprensión de la<br />

vida; cuando la convicción del educador<br />

se deposita en el intenso interés de lograr<br />

la educación apropiada y averiguar<br />

qué es lo más razonable.<br />

Es cierto que de forma constante -y<br />

dado a la buena fe y excelente aceptación-<br />

un Ombudsman conoce de<br />

muchos casos en los que se involucra a<br />

profesores; en estos se perciben ciertos<br />

intereses de quien se queja -ajenos al<br />

rubro educativo-, pero no por ello la<br />

Defensoría comete una injusticia contra<br />

el profesor, porque no se trata de<br />

una cacería de brujas. Una vez que el<br />

Ombudsman inicia una investigación<br />

se reúnen todos los medios de convicción<br />

posibles para establecer su grado<br />

de responsabilidad, nunca se considera<br />

al docente involucrado como culpable<br />

mientras el procedimiento sigue su curso.<br />

Ahora bien, el educador ha manifestado<br />

que el simple hecho de estar involucrado<br />

en una queja le causa perjuicio ante<br />

las autoridades educativas. Este hecho<br />

no debe minimizarse porque es el sistema<br />

que tiene bajo su control al docente<br />

-y no el Ombudsman- quien se<br />

aprovecha de la situación. Esto significa<br />

que la supervisión gubernamental utiliza<br />

la noción de derechos humanos para<br />

propósitos deteriorados, para causar<br />

encono o para ejercer presión sobre el<br />

docente que no acate órdenes. Esta es<br />

uno de los inconvenientes de ver a la<br />

educación como un medio de ganarse<br />

la vida: envidias, frustraciones, rivalidad<br />

y competencia.<br />

Sin embargo, muchas de las quejas se<br />

deben al escaso tacto y oportunidad que<br />

tienen los docentes para abordar una<br />

problemática, la deficiencia común de<br />

no saber escuchar, o a la comunicación<br />

poco afortunada que entablan con los<br />

padres de familia; esto crea un antagonismo<br />

muchas veces fortuito. Ante estas<br />

circunstancias tiene lugar una de las más<br />

extendidas virtudes del Ombudsman:<br />

el discernimiento. En efecto, un Ombudsman<br />

escucha con detenimiento a<br />

la persona, la orienta, busca un acercamiento<br />

entre la autoridad involucrada,<br />

o en su defecto a la autoridad inmediata<br />

y el afectado, se entabla el diálogo y el<br />

problema por lo regular se resuelve. Es<br />

sorprendente que en la mayoría de los<br />

casos la persona no tiene la intención<br />

‘de perjudicar al maestro’, aun cuando<br />

se trate de los casos más graves. Es una<br />

realidad que los padres, más allá de la<br />

satisfacción de un motivo personal, buscan<br />

una conciliación.<br />

Ahora bien, un Ombudsman no puede<br />

ni debe ser permisivo o condescendiente<br />

ante actos nefandos. Es tanta la<br />

falta de responsabilidad y el descuido<br />

al interior de las aulas que en algunas<br />

Recomendaciones emitidas se puede<br />

advertir la displicencia, las omisiones, la<br />

indiferencia y la franca minimización de<br />

los casos por parte de los propios directores<br />

del plantel, cuando los docentes<br />

en franca distorsión sensorial son abusadores<br />

sexuales en potencia, cuando<br />

cientos de alumnos han tenido que<br />

tolerar acosos y arremetimientos que<br />

afectan su dignidad y su equilibro físico<br />

mental y emocional, cuando los educadores<br />

hacen uso común y ordinario de<br />

la violencia.<br />

Estamos ante un paisaje desolador, si se<br />

toma en cuenta que los abusos han tenido<br />

una pasmosa continuidad: vejaciones<br />

sexuales, agresiones físicas y prácticas<br />

administrativas insanas son el caldo<br />

de cultivo de una enseñanza tradicional<br />

y mediocre, muy lejana de sus designios<br />

y sin considerar los casos que no llegan<br />

a ser denunciados, permaneciendo en<br />

una dañina impunidad.<br />

JULIO-SEPTIEMBRE 2008

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