Untitled - codhem
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A FONDO<br />
70<br />
sentido común y la comprensión de la<br />
vida; cuando la convicción del educador<br />
se deposita en el intenso interés de lograr<br />
la educación apropiada y averiguar<br />
qué es lo más razonable.<br />
Es cierto que de forma constante -y<br />
dado a la buena fe y excelente aceptación-<br />
un Ombudsman conoce de<br />
muchos casos en los que se involucra a<br />
profesores; en estos se perciben ciertos<br />
intereses de quien se queja -ajenos al<br />
rubro educativo-, pero no por ello la<br />
Defensoría comete una injusticia contra<br />
el profesor, porque no se trata de<br />
una cacería de brujas. Una vez que el<br />
Ombudsman inicia una investigación<br />
se reúnen todos los medios de convicción<br />
posibles para establecer su grado<br />
de responsabilidad, nunca se considera<br />
al docente involucrado como culpable<br />
mientras el procedimiento sigue su curso.<br />
Ahora bien, el educador ha manifestado<br />
que el simple hecho de estar involucrado<br />
en una queja le causa perjuicio ante<br />
las autoridades educativas. Este hecho<br />
no debe minimizarse porque es el sistema<br />
que tiene bajo su control al docente<br />
-y no el Ombudsman- quien se<br />
aprovecha de la situación. Esto significa<br />
que la supervisión gubernamental utiliza<br />
la noción de derechos humanos para<br />
propósitos deteriorados, para causar<br />
encono o para ejercer presión sobre el<br />
docente que no acate órdenes. Esta es<br />
uno de los inconvenientes de ver a la<br />
educación como un medio de ganarse<br />
la vida: envidias, frustraciones, rivalidad<br />
y competencia.<br />
Sin embargo, muchas de las quejas se<br />
deben al escaso tacto y oportunidad que<br />
tienen los docentes para abordar una<br />
problemática, la deficiencia común de<br />
no saber escuchar, o a la comunicación<br />
poco afortunada que entablan con los<br />
padres de familia; esto crea un antagonismo<br />
muchas veces fortuito. Ante estas<br />
circunstancias tiene lugar una de las más<br />
extendidas virtudes del Ombudsman:<br />
el discernimiento. En efecto, un Ombudsman<br />
escucha con detenimiento a<br />
la persona, la orienta, busca un acercamiento<br />
entre la autoridad involucrada,<br />
o en su defecto a la autoridad inmediata<br />
y el afectado, se entabla el diálogo y el<br />
problema por lo regular se resuelve. Es<br />
sorprendente que en la mayoría de los<br />
casos la persona no tiene la intención<br />
‘de perjudicar al maestro’, aun cuando<br />
se trate de los casos más graves. Es una<br />
realidad que los padres, más allá de la<br />
satisfacción de un motivo personal, buscan<br />
una conciliación.<br />
Ahora bien, un Ombudsman no puede<br />
ni debe ser permisivo o condescendiente<br />
ante actos nefandos. Es tanta la<br />
falta de responsabilidad y el descuido<br />
al interior de las aulas que en algunas<br />
Recomendaciones emitidas se puede<br />
advertir la displicencia, las omisiones, la<br />
indiferencia y la franca minimización de<br />
los casos por parte de los propios directores<br />
del plantel, cuando los docentes<br />
en franca distorsión sensorial son abusadores<br />
sexuales en potencia, cuando<br />
cientos de alumnos han tenido que<br />
tolerar acosos y arremetimientos que<br />
afectan su dignidad y su equilibro físico<br />
mental y emocional, cuando los educadores<br />
hacen uso común y ordinario de<br />
la violencia.<br />
Estamos ante un paisaje desolador, si se<br />
toma en cuenta que los abusos han tenido<br />
una pasmosa continuidad: vejaciones<br />
sexuales, agresiones físicas y prácticas<br />
administrativas insanas son el caldo<br />
de cultivo de una enseñanza tradicional<br />
y mediocre, muy lejana de sus designios<br />
y sin considerar los casos que no llegan<br />
a ser denunciados, permaneciendo en<br />
una dañina impunidad.<br />
JULIO-SEPTIEMBRE 2008