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Informe-Defensorial-N-169

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Capítulo III<br />

Marco Conceptual y<br />

Normativo<br />

El derecho a la salud de las personas y su adecuada prestación, principalmente<br />

a favor de poblaciones más vulnerables como los pueblos indígenas, ha sido,<br />

desde el inicio de sus funciones, una de las preocupaciones principales de la<br />

Defensoría del Pueblo. Por tal motivo, en diversos documentos defensoriales 9<br />

han sido formuladas recomendaciones al Estado y a las instituciones encargadas<br />

de su gestión, con la finalidad de garantizar el goce de dicho derecho de modo<br />

efectivo y en condiciones de igualdad y calidad.<br />

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud como un estado de<br />

completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedades.<br />

Asimismo, en su Constitución, el goce del grado máximo de salud que<br />

puede alcanzarse es reconocido como un derecho fundamental. 10 Así los estados<br />

partes declaran la salud como uno de los principios básicos para la felicidad,<br />

las relaciones armoniosas y la seguridad de todos los pueblos, más aún, tomando<br />

en cuenta que esta permite el ejercicio de otros derechos fundamentales como<br />

la educación, el trabajo, entre otros. 11<br />

9<br />

Entre ellos podemos citar el <strong>Informe</strong> <strong>Defensorial</strong> N° 134 La salud de las comunidades nativas: Un reto para<br />

el Estado, 252 pp. Lima, 2008.<br />

10<br />

La Constitución fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del<br />

19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados<br />

(Off. Rec. WldHlthOrg.; Actes off. Org. mond. Santé, 2, 100), y entró en vigor el 7 de abril de 1948. Revisado<br />

en http://www.who.int/governance/eb/who_constitution_sp.pdf<br />

11<br />

Del mismo modo, en diversos documentos normativos internacionales, como la Declaración Universal<br />

de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc),<br />

la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención<br />

sobre los Derechos del Niño, entre otros, se reconoce la naturaleza jurídica de derecho fundamental<br />

que tiene la salud.<br />

21

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