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Informe-Defensorial-N-169

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Principales Resultados de la Supervisión en Salud Intercultural<br />

Charasmaná, para indagar sobre los resultados de su afiliación, el personal de<br />

salud les dijo que fueran a solucionar el problema a la propia ciudad de Contamana,<br />

a una distancia de 20 horas, vía fluvial. «Yo mismo me he ido a sacar a<br />

Contamana. El técnico me dice también lo que dice el amigo, que se ha perdido<br />

cuando estaban arreglando el hospital. No sé adónde lo habrán botado [mis<br />

documentos] o lo habrán quemado, no sé. Yo me he acercado al hospital, yo ya<br />

tengo». (CN Nueve de Octubre, Contamana, Loreto).<br />

Asimismo, existen condiciones propias de cada red que dilatan la obtención del<br />

SIS. Por ejemplo, en el puesto de salud Antigua Honoria y el puesto de apoyo<br />

Dos Unidos, en Huánuco, el personal manifiesta que no realizan afiliaciones<br />

desde marzo del 2013. La explicación que les han brindado desde la Unidad de<br />

Seguros de la Red de Salud Leoncio Prado es que, al estar el establecimiento<br />

adscrito a la recién creada Red de Salud Puerto Inca, escapa de su competencia<br />

afiliar a la población asignada a otra circunscripción. No obstante, si bien es<br />

cierto que la mencionada red ha sido creada, los establecimientos aún continúan<br />

siendo administrados por la Red Leoncio Prado.<br />

También se exige requisitos no contemplados en la ley. Así, se han presentado<br />

casos en los que se solicita para la afiliación estar registrado en los censos locales<br />

que realizan los establecimientos de salud. La exigencia de este último requisito<br />

perjudicó a la población de la comunidad nativa San Francisco de Cahuapana,<br />

debido a que hasta el año 2010 pertenecía al distrito de Puerto Bermúdez. Luego<br />

pasó a formar parte del recientemente creado distrito de Constitución 77 y a la<br />

nueva microred de salud. Sin embargo, como hasta la fecha de la supervisión no<br />

se había realizado ningún censo de la población que atiende, los pobladores no<br />

podían cumplir con acreditar este requisito y acceder a la gratuidad del servicio.<br />

Al respecto, es necesario señalar que la exigencia de determinados requisitos no<br />

contemplados en la citada Directiva, tal como lo observado en la región Pasco,<br />

además de la grave afectación al derecho a la salud previsional y su componente<br />

de accesibilidad en agravio de los pobladores indígenas del lugar, constituyen<br />

un acto arbitrario de la autoridad administrativa y consecuentemente pueden<br />

devenir en faltas administrativas pasibles de sanción.<br />

77<br />

En junio del año 2010 se creó el distrito Constitución a través de la ley 29541. Sin embargo, el primer<br />

alcalde juramentó a inicios del año 2012. Asumimos que debido a ello, los cambios en la circunscripción<br />

de las microredes también tardaron en efectuarse.<br />

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