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Informe-Defensorial-N-169

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Principales Resultados de la Supervisión en Salud Intercultural<br />

La supervisión pudo corroborar casos en que un solo personal atiende establecimientos<br />

que tienen a su cargo un alto número de localidades. Esto resulta crítico<br />

si se consideran las distancias que existen entre las mismas, los problemas<br />

de falta de presupuesto para adquirir combustible y la carencia de medios de<br />

transporte. El caso extremo es el establecimiento de Quiteni (Región Junín) cuyo<br />

único personal es un técnico de enfermería que debe atender a 18 localidades.<br />

También se recogieron múltiples quejas de usuarios y usuarias del servicio de<br />

salud y de las organizaciones indígenas debido a las continuas ausencias del<br />

personal asignado a los establecimientos de salud. Entre otras cosas, ellos manifiestan<br />

que después de recorrer grandes distancias, llegan al establecimiento de<br />

salud y lo encuentran cerrado: «A veces venimos por gusto. Caminando, llegando,<br />

y nos informan diciendo que las enfermeras han salido y nosotros renegando<br />

tenemos que volvernos.» (CN Catoteni, Raymondi, Ucayali). «No nos comunica<br />

que va a salir a otra parte, y no hay atención, y tenemos que volver otra vez, a<br />

veces la persona no tiene, a veces canoa no tenemos, nuestra embarcancioncita,<br />

es lejos» (CN Centro Sheboja, Sepahua, Ucayali).<br />

Sobre este hecho, en el Reglamento de establecimientos de salud se establece<br />

que el profesional responsable de la atención de salud debe permanecer en el<br />

establecimiento durante el horario de funcionamiento. Precisando que en caso<br />

de ausencia se dispone su reemplazo inmediato por otro profesional de la salud.<br />

Para tal efecto, es necesario que el establecimiento de salud prevea la línea de<br />

reemplazo. 97<br />

No obstante, en la supervisión se ha advertido que estas disposiciones no se<br />

cumplen con rigurosidad. Así por ejemplo, en las visitas de supervisión se encontraron<br />

cerrados los establecimientos de salud de Río Tambo y Pangoa (Junín),<br />

Constitución (Pasco) y Andoas (Loreto); y en otros cinco establecimientos<br />

no se encontró al personal en sus puestos de trabajo, aunque fueron posteriormente<br />

ubicados con el apoyo de la población. Esta ausencia del personal ocasiona<br />

que la población, sobre todo la que vive en comunidades diferentes a la<br />

que se encuentra el establecimiento, dude en acudir, incluso en casos de parto o<br />

emergencia.<br />

97<br />

D.S N° 013-2006-SA , que aprueba el «Reglamento de establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo.»<br />

Artículo 36°.<br />

77

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