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Descargar - Viento Sur

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ción de los estados o entidades supraestatales, como el FMI, la OMC, la UE, elBID, etc., en dos o más pasos/etapas.No obstante, la mayoría de clasificaciones de impactos o conflictos se realizanpor ámbitos temáticos, que suelen dividirse entre económicos, sociales, ambientales,culturales y políticos, o sectoriales (sector servicios, sector extractivas, sectorfinanciero, etc.). Algunos autores han realizados propuestas interesantes en ámbitosdeterminados /8. En general no otorgan demasiada importancia a indicadorescomo la visibilidad o el canal de transmisión.A continuación, proponemos un posible árbol de los impactos (directos e indirectos),en términos de distintos ámbitos afectados por la acción transnacional.Distinguimos entre ocho grandes ámbitos de afectación negativa: en primer lugar,los que afectan la soberanía tanto local como nacional-estatal, es decir, impactossobre el derecho a organizar y gestionar los propios recursos del modo que lacomunidad o ciudadanía haya decidido por sí misma; en segundo lugar, la seguridadtanto personal, como local o supraestatal, o el derecho a no ser violentado ocoaccionado con la amenaza y el uso de la violencia, el derecho a vivir en paz; entercer lugar, sobre la creación de riqueza y la distribución de ésta de manera justa yequilibrada, es decir, el derecho a producir lo necesario para la población local yrecibir una contrapartida justa; en cuarto lugar, los impactos sobre las culturas localesque se ven al borde de ser arrolladas por culturas hegemónicas, es decir, elderecho a expresarse y relacionarse en los términos culturales que la comunidaddecida, sin sentirse menospreciado, así como el derecho a recibir una educación básicay necesaria para el desarrollo de las capacidades que puedan garantizar otros derechos;en quinto lugar, los impactos sobre la naturaleza y los recursos naturales locales,o sobre el derecho a contar con un medio ambiente sano y controlado por suspobladores autóctonos; en sexto lugar, sobre el tipo y la cantidad de trabajo, o sobreel derecho a unas condiciones de trabajo dignas y justamente retribuidas, sin sobreexplotacióny con derecho a ser representados ante una negociación colectiva; enséptimo lugar, los efectos que contribuyen a destruir sistemas colectivos o comunitariosde propiedad de la tierra, ya sea a través de la fragmentación y adquisición privada,el engaño o cualquier otra modalidad, es decir, el derecho a la tierra y a trabajarlasin mediaciones externas; y, finalmente, los impactos relacionados con la saludpública, o el derecho a llevar una vida saludable en cualquier parte del mundo.David Llistar es miembro del Observatori del Deute en la Globalització. Càtedra UNESCOde Sotenibilitat. Universitat Politècnica de Catalunya.- www.odg.cat.8/ Una clasificación de los conflictos ambientales puede encontrarse en Martínez-Alier, J. Los conflictosecológico-distributivos y los indicadores de sustentabilidad. (http://www.doaj.org/doaj?func=abstract& id=211605).VIENTO SUR Número 97/Mayo 2008 51

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