12.07.2015 Views

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 286 Lun<strong>es</strong> 28 de noviembre de <strong>2011</strong> Sec. III. Pág. 1265474.1.2 Si dicha comisión de servicio dura nueve o menos horas el trabajador tendráderecho:4.1.2.1 Al 25% de la dieta para el almuerzo. Únicamente si la referida comisión d<strong>es</strong>ervicio coincide con horario entre las 14:31 y las 15:30 horas.4.1.2.2 Al 25% de la dieta para cena. Únicamente si la referida comisión de serviciocoincide con horario entre las 21:31 y las 22:30 horas.4.2 Cuando la comisión de servicio sea superior a 24 horas, cada periodo de 24horas, a contar d<strong>es</strong>de la hora de inicio de la comisión, da derecho a una dieta completa ylos exc<strong>es</strong>os se computarán en el día de regr<strong>es</strong>o.4.2.1 Si el exc<strong>es</strong>o dura más de nueve horas el trabajador tendrá derecho al 50% dela dieta para el almuerzo y cena.4.2.2 Si el exc<strong>es</strong>o dura nueve o menos horas, el trabajador tendrá derecho:4.2.2.1 Al 25% de la dieta para el almuerzo, únicamente si el referido exc<strong>es</strong>ocoincide con horario entre las 14:31 y las 15:30 horas.4.2.2.2 Al 25 % de la dieta para la cena, únicamente si el referido exc<strong>es</strong>o coincidecon horario entre las 21:31 y las 22:30 horas.5. Para efectuar los d<strong>es</strong>plazamientos se facilitarán los medios nec<strong>es</strong>arios, quepodrán ser: ferrocarril, barco, avión, vehículo aportado por la CRTVE o, en su defecto,vehículo propio del trabajador cuando sea requerido por la Empr<strong>es</strong>a y aceptado por eltrabajador.6. Las jornadas en d<strong>es</strong>plazamientos, por razon<strong>es</strong> del servicio, dentro de la mismalocalidad o zona de trabajo que coincidan con los horarios de almuerzo o cena, daránderecho al trabajador al cobro de la compensación <strong>es</strong>tablecida para el almuerzo encentros de trabajo sin comedor, incrementada en un 25 por 100. Quedan exceptuados de<strong>es</strong>ta norma aquellos trabajador<strong>es</strong> que puedan utilizar el servicio de comedor.Esta compensación será de aplicación en distancias igual<strong>es</strong> o superior<strong>es</strong> a cuarenta ycinco kilómetros d<strong>es</strong>de el centro de trabajo.A <strong>es</strong>tos efectos, se considerará horario de almuerzo y cena las quince y las veintidóshoras, r<strong>es</strong>pectivamente.7. Los import<strong>es</strong> de la dieta nacional, dieta internacional y kilometraje se r<strong>es</strong>eñan enel anexo numero 1.8. En los d<strong>es</strong>plazamientos autorizados con vehículo propio, los gastos de peaje qu<strong>es</strong>e produzcan serán con cargo a la empr<strong>es</strong>a.9. El 10% de gastos varios se percibirá, tanto si se pernocta como si no se pernocta,en cada unos de los periodos de 24 horas, así como en el que exceda a dichos periodosde 24 horas.10. La asistencia obligada a cursos de capacitación, <strong>es</strong>pecialización, reciclaje operfeccionamiento organizados por CRTVE se considera comisión de servicio cuando serealice en otra localidad o lugar de trabajo a una distancia igual o superior a 45 kilómetrosde aquél en que se deba pr<strong>es</strong>tar ordinariamente su trabajo. Dará lugar a lascompensacion<strong>es</strong> previstas en <strong>es</strong>ta norma, salvo que se <strong>es</strong>tablezcan becas o conciertoseconómicos sustitutorios de la dieta.Artículo 67. V<strong>es</strong>tuario de trabajo e instrumentos musical<strong>es</strong>.CRTVE facilitará el v<strong>es</strong>tuario adecuado al trabajador que por su actividad laboral debaemplearlo. En <strong>es</strong>te caso será obligatorio su uso.CRTVE abonará una cantidad mensual a los prof<strong>es</strong>or<strong>es</strong> instrumentistas de laOrqu<strong>es</strong>ta Sinfónica que aporten a su trabajo el instrumento musical de su propiedad.cve: <strong>BOE</strong>-A-<strong>2011</strong>-<strong>18712</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!