12.07.2015 Views

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

PDF (BOE-A-2011-18712 - 171 págs. - 8419 KB ) - BOE.es

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 286 Lun<strong>es</strong> 28 de noviembre de <strong>2011</strong> Sec. III. Pág. 126573Artículo 94. Excedencia voluntaria.1. Podrán solicitar excedencia voluntaria los trabajador<strong>es</strong> con antigüedad, al menosde un año, de acuerdo con las normas siguient<strong>es</strong>:a) La petición de excedencia deberá ser suficientemente motivada. Se concederá enel plazo máximo de treinta días, por plazo no inferior a cuatro m<strong>es</strong><strong>es</strong> ni superior a diez años,excepcionalmente prorrogabl<strong>es</strong>. Para acogerse a otra excedencia voluntaria, el trabajadordeberá cumplir un nuevo período de cuatro años de servicio efectivo en CRTVE.b) Transcurrido los primeros cuatro m<strong>es</strong><strong>es</strong> de excedencia, el inter<strong>es</strong>ado podrásolicitar el reingr<strong>es</strong>o. Se tendrá en cuenta la existencia de vacante en su categoría y elderecho de reingr<strong>es</strong>o de los excedent<strong>es</strong> o voluntarios cuyos plazos de excedencia hayanexpirado. Este se producirá mediante su participación en el corr<strong>es</strong>pondiente proc<strong>es</strong>o deprovisión de vacant<strong>es</strong>, de conformidad a lo previsto en el artículo 12. Una vez transcurridoel plazo máximo de excedencia sin que el trabajador haya participado en el proc<strong>es</strong>oselectivo corr<strong>es</strong>pondiente se entenderá expirado el plazo máximo para el reingr<strong>es</strong>o. Encaso de que no se convoque proc<strong>es</strong>o selectivo, se entenderá prorrogada la excedenciahasta la fecha en que se convoque dicho proc<strong>es</strong>o.c) Se perderá el derecho al reingr<strong>es</strong>o si no se solicita un m<strong>es</strong> ant<strong>es</strong> de expirar elplazo por el cual se concedió la excedencia.d) Si solicitado el reingr<strong>es</strong>o dentro del plazo no hubiera vacante en la localidad deorigen, CRTVE podrá ofrecer al peticionario reingr<strong>es</strong>ar en plaza vacante en otra localidad.De no ocupar <strong>es</strong>ta por su voluntad, decaerá definitivamente su derecho al reingr<strong>es</strong>o.e) Se conservará el derecho al reingr<strong>es</strong>o cuando no hubiera vacante ni en lalocalidad de origen ni en localidad distinta.f) No se concederá excedencia voluntaria a quien en el momento de solicitarla<strong>es</strong>tuvi<strong>es</strong>e pendiente de cumplimiento de una sanción derivada de la comisión de faltagrave o muy grave, o sometido a expediente disciplinario por supu<strong>es</strong>ta infracción de lamisma índole, en tanto no se r<strong>es</strong>uelva éste.2. El tiempo permanecido en situación de excedencia voluntaria no se computará aningún efecto.3. Para la Orqu<strong>es</strong>ta Sinfónica y Coro, el régimen de excedencias de los prof<strong>es</strong>or<strong>es</strong> ycantor<strong>es</strong> se ajustará a lo <strong>es</strong>tablecido en la legislación general, aplicando, a su vez, lasparticularidad<strong>es</strong> derivadas de la naturaleza del trabajo colectivo a que <strong>es</strong>tá sometida unaOrqu<strong>es</strong>ta Sinfónica. Tal<strong>es</strong> peculiaridad<strong>es</strong> son las siguient<strong>es</strong>:a) Sólo podrá concederse excedencia voluntaria a un total de los siguient<strong>es</strong>Instrumentistas: seis violin<strong>es</strong>, tr<strong>es</strong> violas, tr<strong>es</strong> violonchelos, tr<strong>es</strong> contrabajos, un flauta, unoboe, un clarinete, un fagot, un trompa, un trompeta, un trombón, un arpa y un percusión.Las plazas únicas no tienen limitación.b) No podrán disfrutar a la vez de excedencia voluntaria más de diez prof<strong>es</strong>or<strong>es</strong> ocantor<strong>es</strong> de la plantilla, cualquiera que sea su <strong>es</strong>pecialidad instrumental o vocal.4. El trabajador que solicite la excedencia voluntaria para incorporarse a otro pu<strong>es</strong>tode trabajo del sector público, siempre que la empr<strong>es</strong>a no <strong>es</strong>té comprendida en elapartado 3 del artículo 98 del pr<strong>es</strong>ente convenio, podrá obtenerla aun cuando no hubieracumplido un año de antigüedad en el servicio y conservará indefinidamente el derecho alreingr<strong>es</strong>o en la empr<strong>es</strong>a en los términos <strong>es</strong>tablecidos en <strong>es</strong>te artículo.5. La falsedad en la declaración de los motivos aducidos para solicitar la excedenciavoluntaria o la no comunicación en la modificación de la causa original, será motivo deanulación de la misma y declaración de baja en CRTVE.6. Los trabajador<strong>es</strong> que reingr<strong>es</strong>en en CRTVE, procedent<strong>es</strong> del régimen deexcedencia voluntaria no podrán acogerse a ninguna modalidad de baja incentivada.cve: <strong>BOE</strong>-A-<strong>2011</strong>-<strong>18712</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!