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ESTUDIOS PARA LA NO-<strong>VIOLENCIA</strong> 2<br />
que encuentran un referente en ciertas nacionalidades, lenguas, costumbres,<br />
religiones, etcétera. Pero no solo eso, la amenaza se extiende desde el ámbito de<br />
lo político a la vida cotidiana, a los espacios que anteriormente no eran sujetos<br />
de ley. Pareciera entonces como si la amenaza se extendiera hacia espacios más<br />
recónditos, dejando pocos espacios libres de su acecho y activando las alarmas<br />
que hoy corroboramos hasta el cansancio: el blindaje, la inmunidad, la protección;<br />
mismas que contribuyen a hacer sentir con más apremio la necesidad<br />
de no encontrarse desamparado frente a tantos peligros inminentes. Buscando<br />
respuesta a esta incertidumbre y con la finalidad de encontrar a toda costa resguardo,<br />
el sujeto trueca su libertad por una seguridad exigua.<br />
En medio de esta confusión, en la que es moneda común la amenaza amorfa<br />
y omnipresente, se encuentra una confusión de términos que oscurecen aun<br />
más la precisión y diferenciación entre lo que es una amenaza real y lo que no<br />
lo es. Uno de estos casos es el uso indistinto que se hace entre los conceptos de<br />
riesgo y amenaza, que desde luego, conlleva repercusiones que van más allá de<br />
lo meramente lingüístico.<br />
Un criterio de diferenciación propuesto por el sociólogo italiano Fabrizio<br />
Battistelli para ambos términos es la intencionalidad. El riesgo, en tanto posibilidad<br />
latente, carece de una intención consciente y explícita de ocasionar un<br />
daño, mientras que la amenaza, al estar inscrita en la potencialidad a semejanza<br />
del riesgo, se distingue de este en cuanto existe una intención clara y manifiesta<br />
de ocasionar daño:<br />
Solamente la distinción entre la amenaza (como la que el autor del crimen<br />
planea para su víctima) y el riesgo (como puede ser considerado el accidente<br />
vial fortuito, como resultado inesperado y no deseado de un fenómeno que de<br />
otra manera es funcional) permite comprender por qué, en caso de un daño<br />
semejante, la persona que ha sufrido un daño físico (pongamos por caso, la<br />
luxación del espalda) a causa de un incidente vehicular a menudo tiende a<br />
presentar una actitud menos emotiva que el mostrado por una persona que ha<br />
sufrido un daño físico equivalente por causa de un robo. 20<br />
Los criterios de demarcación entre el riesgo y la amenaza obedecen también<br />
a una distinción entre la responsabilidad individual y estatal, en razón de<br />
que el riesgo se circunscribe mayoritariamente a la esfera individual y las<br />
amenazas deben ser enfrentadas principalmente por una entidad colectiva.<br />
20. Fabrizio Battistelli, La sicurezza e la sua ombra, Roma, Donzelli editore, 2016, p. 45.<br />
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