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CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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Referencia n.º : 110010325000201100316 00.<br />

Núm. Interno: 1210-2011.<br />

Demandante: Piedad Esneda Córdoba Ruíz<br />

________________________________________________________________________________________<br />

del paramilitarismo y el narcotráfico que, según ella, permearon algunas de<br />

las instituciones estatales. […] Efectivamente se puede advertir que las<br />

diferentes alocuciones realizadas por la Senadora Córdoba Ruíz, en muchos<br />

casos irrespetuosas, tiene un común denominador, el presidente Uribe y sus<br />

políticas de gobierno, coligiéndose que más que buscar el menoscabo de la<br />

integridad nacional, se trataba de un ejercicio de la oposición a ese gobierno,<br />

que si bien es cierto no se hizo en la debida forma, no lo es menos que no<br />

alcanza a enmarcarse dentro de dicho comportamiento, por lo que el mismo<br />

deviene en atípico. […]” 70<br />

De la anterior transcripción del acto sancionador es preciso destacar<br />

que aunque las pruebas relacionadas con las declaraciones públicas de<br />

la entonces senadora, tienen pleno valor de convicción respecto del rol<br />

que cumple como opositora, sin explicación alguna afirma que esas<br />

mismas pruebas son indicios del primer cargo formulado, por el cual se<br />

le sancionó disciplinariamente, esto es, por la supuesta colaboración o<br />

promoción del grupo armado FARC.<br />

Como bien puede observarse, esa simple afirmación de prueba<br />

indiciaria, es evidentemente contradictoria con el análisis que hace de<br />

las pruebas recaudadas diferentes a las halladas en la “Operación<br />

Fénix”.<br />

Es suficientemente conocido en el país, que Piedad Esneda Córdoba<br />

Ruíz ha sido una fuerte opositora de los últimos gobiernos y además<br />

dirigente de la organización “Colombianos por la paz”. También ha sido<br />

evidente su empeño en buscar mecanismos para liberar las personas<br />

secuestradas por las FARC, razón por la cual, el entonces Presidente<br />

de la República Álvaro Uribe Vélez, a mediados de 2009, autorizó a la<br />

senadora para participar, junto con el Comité Internacional de la Cruz<br />

Roja, en el proceso de liberación de 24 personas secuestradas por las<br />

FARC 71 . En el mismo sentido, en el mes de diciembre de 2010, el<br />

Presidente de la República Juan Manuel Santos facultó a la citada<br />

congresista para que participara activamente en la liberación de las<br />

personas que todavía se encontraban secuestradas 72 .<br />

70<br />

Páginas 132 y 133 del acto sancionatorio, fs. 133-134 del cuaderno 1.<br />

71<br />

Ver revista Semana.com: http://www.semana.com/politica/articulo/uribe-autoriza-piedad-cordobamediar-liberaciones/104943-3<br />

72<br />

ttp://www.elespectador.com/noticias/paz/gobierno-autoriza-piedad-cordoba-intervenir-liberacionearticulo-239438<br />

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