03.06.2013 Views

DECRETO No 582. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA ...

DECRETO No 582. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA ...

DECRETO No 582. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

….66<br />

CAPÍTULO XVI<br />

<strong>DE</strong>L CONTRATO <strong>DE</strong> TRANSPORTE <strong>DE</strong> CARGA<br />

<strong>DE</strong>L CONTRATO <strong>DE</strong> TRANSPORTE <strong>DE</strong> CARGA<br />

<strong><strong>DE</strong>CRETO</strong> <strong>No</strong>. 582<br />

Art. 128.- Se entiende por contrato de transporte de carga, el acuerdo entre el<br />

transportista o porteador y el cargador o remitente, en virtud del cual, el primero se obliga<br />

frente al segundo a transportar de un lugar a otro por vía aérea, mediante el pago de un<br />

precio y bajo ciertas condiciones, determinados bienes para ser entregados al destinatario.<br />

La carta de porte o guía aérea es el título del contrato de transporte aéreo de carga,<br />

que el porteador expide al cargador o remitente al recibir los bienes bajo su custodia, cuyo<br />

formato se sujetará a lo dispuesto en el siguiente artículo.<br />

En todo caso, si el transportista o porteador acepta la carga sin que se expida una<br />

guía aérea o si ésta no contiene todos los requisitos señalados en el reglamento, el<br />

porteador no tendrá derecho de acogerse a disposición alguna que excluya o limite su<br />

responsabilidad.<br />

Para los servicios de transporte aéreo internacional, el contrato de transporte de<br />

carga se sujetará a lo dispuesto en esta Ley y en los Tratados vigentes.<br />

CONTENIDO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> GUÍA AÉREA O CARTA <strong>DE</strong> PORTE<br />

Art. 129.- La carta de porte o guía, deberá contener las indicaciones siguientes:<br />

1. Lugar y fecha de expedición;<br />

2. Puntos de origen y destino;<br />

3. <strong>No</strong>mbre y dirección del remitente y del consignatario;<br />

4. La naturaleza de la carga;<br />

5. El número de bultos, la forma del empaque, las marcas especiales o numeración de<br />

los bultos;<br />

6. El peso, cantidad, volumen o dimensiones de la carga;<br />

7. El estado aparente de la carga y del empaque;<br />

8. El precio del transporte, si se ha estipulado;<br />

9. La fecha, el lugar de pago y el nombre de quien debe pagar;<br />

10. Si el envío se hace contra reembolso, el precio de la carga y eventualmente el total<br />

de los fletes y otros gastos;<br />

11. El importe del valor declarado, cuando se haya hecho la declaración;<br />

12. El número de ejemplares de la guía aérea; y,<br />

13. Los documentos que lo acompañan.<br />

14. Cualquier otra información requerida por las autoridades competentes.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!