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1principio_pro_persona

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2. De las siguientes afirmaciones, cuál se identifica con el principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>:<br />

88<br />

Principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong><br />

a) Todas las autoridades deberán favorecer en todo momento la <strong>pro</strong>tección más amplia para la <strong>persona</strong>.<br />

Ésta es, precisamente, la formula normativa con la que el principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong> ha sido integrado a<br />

nuestro sistema jurídico. Como se ha discutido, la aparente simplicidad de este enunciado contrasta con<br />

la complejidad de la operación del principio, particularmente cuando nos enfrentamos a una posible<br />

antinomia entre las normas que reconocen derechos humanos y/o una colisión entre ellos en el marco de<br />

un caso concreto.<br />

b) Según las circunstancias del caso, una colisión de derechos se debe decidir a partir del peso de<br />

éstos y no de otros criterios como la jerarquía normativa.<br />

El enunciado <strong>pro</strong>puesto se identifica con el ejercicio o test de ponderación el cual no es sinónimo del<br />

principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>. Al enfrentarse a un caso en que se presente una colisión de derechos, el intérprete<br />

de la norma deberá recurrir a los criterios establecidos por nuestra doctrina constitucional en virtud de los<br />

cuales se podrá determinar si, con base en las circunstancias dadas, la limitación al ejercicio de un derecho,<br />

de conformidad con una norma secundaria, es constitucional.<br />

c) Todas las autoridades estatales, en el ámbito de su competencia, deberán respetar, <strong>pro</strong>teger, <strong>pro</strong>mover<br />

y garantizar todos los derechos.<br />

El reconocimiento explícito de las obligaciones estatales en materia de derechos humanos fue, sin duda,<br />

uno de los elementos más relevantes de la reforma constitucional en materia de derechos humanos. Si<br />

bien la interpretación de dichas obligaciones también debe realizarse teniendo en cuenta el mandato<br />

general de la <strong>pro</strong>tección más amplia para las <strong>persona</strong>s, la afirmación de las obligaciones estatales no es la<br />

única dimensión del principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>.<br />

3. El principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong> debe operar al determinar:<br />

a) El parámetro de control de las normas secundarias y actos de aplicación.<br />

La conformación del parámetro de control de las normas secundarias y actos de autoridad es una de las<br />

vertientes de aplicación más importantes del principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>, pero no es la única. De no entender<br />

el verdadero alcance de este principio en cuanto a su operación en el sistema jurídico mexicano, el análisis<br />

siempre será deficiente.<br />

b) La interpretación más favorable de las normas secundarias.<br />

La elección de la interpretación más favorable para la <strong>pro</strong>tección de la <strong>persona</strong> de en entre aquellas jurídicamente<br />

viables y que se encuentren de conformidad con las normas constitucionales e internacionales<br />

de derechos humanos es una de las vertientes de aplicación más importantes del principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>,

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