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Principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong><br />

Amparo en revisión 903/2008, María de Lourdes Royaceli Mendoza y otros, cinco votos, ministro ponente: José Ramón<br />

Cossío Díaz, secretaria: Dolores Rueda Aguilar, 12 de noviembre de 2008.<br />

Expediente Varios 912/2010, ministra ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos, ministro encargado del engrose: José<br />

Ramón Cossío Díaz, secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio, 14 de julio de 2011.<br />

Facultad de atracción 135/2011, solicitante: ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, mayoría de cuatro votos, disidente:<br />

Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, secretario: Javier Mijangos<br />

y González, 19 de octubre de 2011.<br />

Juicio de amparo directo 14/2010, relacionado con la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 46/2010, quejosa:<br />

***** o ***** o *****, ministra ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas, ministro encargado del engrose:<br />

Sergio Salvador Aguirre Anguiano, secretaria: Nínive Ileana Penagos Robles, Pleno, votación: mayoría de ocho<br />

votos, por conceder el amparo liso y llano, 17 de mayo de 2011.<br />

Pleno, “Leyes federales y tratados internacionales. Tienen la misma jerarquía normativa”, tesis aislada P. C/92 en materia<br />

constitucional, en Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, octava época, núm. 60, diciembre de 1992, p. 27.<br />

———, “Tratados internacionales. Se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y en un segundo plano<br />

respecto de la Constitución federal”, tesis aislada P. LXXVII/99 en materia constitucional, en Semanario Judicial de la<br />

Federación y su Gaceta, novena época, tomo x, noviembre de 1999, p. 46.<br />

———, “Tratados internacionales. Son parte integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por<br />

encima de las leyes generales, federales y locales. Interpretación del artículo 133 constitucional”, tesis aislada<br />

P. IX/2007 en materia constitucional, en Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxv,<br />

abril de 2007, p. 6.<br />

Primera Sala, “Derecho al mínimo vital en el orden constitucional mexicano”, tesis aislada 1a. XCVII/2007 en materia<br />

constitucional, en Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxv, mayo de 2007, p. 793.<br />

———, “Principio in dubio <strong>pro</strong> reo. Está previsto implícitamente en la Constitución Política de los Estados Unidos<br />

Mexicanos”, tesis aislada 1a. LXXIV/2005 en materia constitucional y penal, en Semanario Judicial de la Federación<br />

y su Gaceta, novena época, tomo xxii, agosto de 2005, p. 300.<br />

———, “Retroactividad de la ley y aplicación retroactiva. Sus diferencias”, tesis de jurisprudencia 1a./J. 78/2010 en materia<br />

constitucional, en Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxxiii, abril de 2011, p. 285.<br />

Segunda Sala, “Pruebas en el juicio laboral. En su valoración es inaplicable el principio de que en caso de duda debe estarse<br />

a lo más favorable al trabajador”, tesis de jurisprudencia 2a./J. 134/2010 en materia laboral, en Semanario Judicial de<br />

la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxxiii, enero de 2011, p. 1088.<br />

Tribunales Colegiados de Circuito, “Interés superior del menor. Debe ponderarse su preferencia en relación con otros<br />

principios constitucionales atento al caso concreto”, tesis aislada I.3o.C.1022 C en materia constitucional, en<br />

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, décima época, libro vi, tomo 2, marzo de 2012, p. 1222.<br />

———, “Interés superior del menor. Su concepto”, tesis de jurisprudencia I.5o.C. J/16 en materia civil, en Semanario<br />

Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxxiii, marzo de 2011, p. 2188.<br />

———, “Patrimonio familiar. Si un crédito se contrajo con anterioridad a su constitución, los bienes que lo forman deben<br />

soportar las consecuencias de la condición jurídica que guardan al entrar en él (legislación del estado de Coahuila)”,<br />

tesis aislada VIII.4o.22 C en materia civil, en Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo<br />

xxv, marzo de 2007, p. 1740.<br />

———, “Principio in dubio <strong>pro</strong> operario. Sus alcances”, tesis de jurisprudencia II.T. J/31 en materia laboral, en Semanario<br />

Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo xxiv, septiembre de 2006, p. 1260.

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