Revista nº 35, 3º trimestre año 2010 (PDF 5,11 Mb) - Asociación ...
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doctrina<br />
<strong>Revista</strong> de responsabilidad civil y seguro<br />
doctrina<br />
prácticamente con cualquier intromisión ilegítima.<br />
La protección que los tribunales otorgan frente a<br />
las inmisiones por ruidos y el reconocimiento a la<br />
indemnización al que la ha sufrido es extrapolable<br />
cuando la molestia provienen de otras inmisiones,<br />
tales como vibraciones, olores, fl uidos, humos,<br />
etc., siempre y cuando la intromisión sea considerada<br />
ilegítima y quien la sufra no tenga el deber<br />
jurídico de soportarla.<br />
La prueba pericial debe distinguir entre daño<br />
moral objetivo y subjetivo. Su práctica resulta capital<br />
a la hora de estimar la posible intromisión ilegítima<br />
en los derechos patrimoniales, su utilización supone<br />
un medio probatorio más de indudable utilidad<br />
para el órgano jurisdiccional. Sin embargo hemos<br />
detectado la ausencia sistemática de una prueba<br />
pericial tendente a facilitar la labor de valoración del<br />
daño moral producido por el hecho motivador del<br />
daño que produce el estado del perjudicado en el<br />
triple ámbito personal, familiar y socio-laboral. Esta<br />
carencia debería suplirse por una actividad pericial<br />
probatoria específi ca que estableciera los hechos<br />
relevantes, su análisis correcto y los razonamientos<br />
lógicos del impacto inmaterial sufrido en el perjudicado,<br />
tras la intromisión ilegítima perpetrada, sobre<br />
la base de hechos probados, contrastables, con<br />
conclusiones claras, concisas y bien motivadas.<br />
Finalmente, no existen resoluciones de daño<br />
moral indirecto remoto, entendiendo como tal aquel<br />
que carece de una relación de causalidad adecuada<br />
entre la intromisión ilegítima en el derecho real<br />
y el daño moral.<br />
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