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Revista nº 35, 3º trimestre año 2010 (PDF 5,11 Mb) - Asociación ...

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doctrina<br />

<strong>Revista</strong> de responsabilidad civil y seguro<br />

doctrina<br />

prácticamente con cualquier intromisión ilegítima.<br />

La protección que los tribunales otorgan frente a<br />

las inmisiones por ruidos y el reconocimiento a la<br />

indemnización al que la ha sufrido es extrapolable<br />

cuando la molestia provienen de otras inmisiones,<br />

tales como vibraciones, olores, fl uidos, humos,<br />

etc., siempre y cuando la intromisión sea considerada<br />

ilegítima y quien la sufra no tenga el deber<br />

jurídico de soportarla.<br />

La prueba pericial debe distinguir entre daño<br />

moral objetivo y subjetivo. Su práctica resulta capital<br />

a la hora de estimar la posible intromisión ilegítima<br />

en los derechos patrimoniales, su utilización supone<br />

un medio probatorio más de indudable utilidad<br />

para el órgano jurisdiccional. Sin embargo hemos<br />

detectado la ausencia sistemática de una prueba<br />

pericial tendente a facilitar la labor de valoración del<br />

daño moral producido por el hecho motivador del<br />

daño que produce el estado del perjudicado en el<br />

triple ámbito personal, familiar y socio-laboral. Esta<br />

carencia debería suplirse por una actividad pericial<br />

probatoria específi ca que estableciera los hechos<br />

relevantes, su análisis correcto y los razonamientos<br />

lógicos del impacto inmaterial sufrido en el perjudicado,<br />

tras la intromisión ilegítima perpetrada, sobre<br />

la base de hechos probados, contrastables, con<br />

conclusiones claras, concisas y bien motivadas.<br />

Finalmente, no existen resoluciones de daño<br />

moral indirecto remoto, entendiendo como tal aquel<br />

que carece de una relación de causalidad adecuada<br />

entre la intromisión ilegítima en el derecho real<br />

y el daño moral.<br />

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