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CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

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actividades de consultoría requeridas para la ejecución de las<br />

inversiones.<br />

Estas actividades podrá efectuarlas directamente o a través de terceros<br />

reconociéndosele un porcentaje máximo de 5,4% del total de<br />

inversiones en agua potable y el 7.4% del total de inversiones en<br />

alcantarillado con cargo al Financiamiento Disponible.<br />

En caso de efectuar las actividades a través de terceros el<br />

CONCESIONARIO deberá acreditar ante el Supervisor de Inversión<br />

que la(s) empresa(s) consultora(s) contratadas reúnan las condiciones<br />

mínimas de experiencia para las actividades a ser desarrolladas. Las<br />

empresas deberán tener una antigüedad desde su constitución mínima<br />

de ocho (08) años y deben haber desarrollado actividades similares de<br />

consultoría en estudios o supervisión, según sea el caso, de proyectos<br />

de agua potable y alcantarillado de envergadura similar a la contratada.<br />

Para poder efectuar las actividades directamente, deberá acreditar<br />

ante el Supervisor de Inversión la disponibilidad de un equipo<br />

específico de profesionales en cantidad y experiencia suficientes para<br />

garantizar la calidad de la labor de consultoría. Sin perjuicio de lo<br />

anterior, en este último caso el CONCESIONARIO suscribirá, a través<br />

de sus representantes, los documentos oficiales del proyecto y los<br />

informes de supervisión técnica, y asumirá integralmente las<br />

responsabilidades de CONCESIONARIO, las que correspondan al<br />

proyectista y/o supervisor, según sea el caso, en el ordenamiento legal<br />

vigente.<br />

Simultáneamente con cada valorización de obra, el CONCESIONARIO<br />

podrá pedir el pago de una valorización de supervisión, a su nombre o<br />

a nombre de un tercero acreditado, según corresponda, hasta por un<br />

porcentaje equivalente al 2,7% de la inversión valorizada si la obra es<br />

de agua potable y el 3,7% de la inversión valorizada si la obra es de<br />

alcantarillado.<br />

Asimismo, simultáneamente con la presentación para aprobación de un<br />

expediente para ejecución, podrá presentar una valorización por<br />

elaboración de estudios, a su nombre o a nombre de un tercero<br />

acreditado, según corresponda, hasta por un porcentaje equivalente al<br />

2,7% de la inversión si el proyecto es de agua potable y el 3,7% de la<br />

inversión si el proyecto es de alcantarillado.<br />

I.2 Supervisor de Inversión<br />

El Concesionario deberá transferir al Supervisor de Inversión un monto<br />

anual de Ciento Cincuenta Mil Nuevos Soles (S/. 150,000.00), para el<br />

financiamiento de las actividades establecidas en el presente Anexo.<br />

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