07.01.2015 Views

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La Jota Corrales Caleta Grau<br />

La Cruz (Caleta Cruz) La Cruz Cancas (CPM)<br />

Los Cerezos La Cruz Zorritos<br />

Pampas de Hospital Pampas de Hospital Casitas (Cañaveral) Casitas<br />

San Jacinto<br />

San Jacinto<br />

San Juan de la<br />

San Juan de la Virgen Virgen<br />

Fuera de la jurisdicción mencionada, la Concesión también comprende el derecho a<br />

construir y operar todo tipo de Obras necesarias para el Servicio a prestarse dentro del<br />

Ámbito de la Concesión definido en el párrafo anterior.<br />

2.2.1 Expansión del Ámbito de la Concesión<br />

EL CONCE<strong>DE</strong>NTE o EL CONCESIONARIO indistintamente tendrán iniciativa para<br />

solicitar que se presten los Servicios fuera del Ámbito de la Concesión, dentro del<br />

departamento de Tumbes, de acuerdo al siguiente procedimiento:<br />

Como requisito previo al envío de una solicitud de expansión del área, EL<br />

CONCE<strong>DE</strong>NTE deberá haber recibido una solicitud por parte de una autoridad<br />

competente de la Municipalidad fuera del Ámbito de la Concesión: (i) solicitando la<br />

prestación de los Servicios en dicha área; (ii) indicando el porcentaje y número de<br />

los posibles Usuarios que, en opinión de la referida Municipalidad, se incorporarían<br />

a los Servicios; y (iii) una descripción específica del área que sería servida después<br />

de la expansión. EL CONCE<strong>DE</strong>NTE no tramitará la solicitud de expansión, a menos<br />

que la solicitud de la Municipalidad demuestre de modo satisfactorio al<br />

CONCE<strong>DE</strong>NTE, que el porcentaje de los posibles Usuarios que se incorporarían al<br />

Servicio es igual o mayor a 25%, del total de Usuarios de dicha área.<br />

La solicitud de expansión que remita EL CONCE<strong>DE</strong>NTE a EL CONCESIONARIO<br />

deberá incluir la información incluida en la solicitud del Municipio<br />

Dentro de los sesenta (60) Días de haber recibido la solicitud de expansión, EL<br />

CONCESIONARIO deberá responder a EL CONCE<strong>DE</strong>NTE por escrito, incluyendo<br />

la siguiente información: (i) si es técnicamente factible y está dispuesto a prestar los<br />

Servicios en las áreas y dentro del plazo estipulado en la solicitud de expansión (ii)<br />

descripción de las obras que considera necesario ejecutar, con su cronograma de<br />

ejecución; y (iii) si requiere alguna modificación en las Tarifas o en las Metas de<br />

Gestión para hacerlo, en cuyo caso se requerirá la aprobación del Organismo<br />

Regulador .<br />

Dentro de los sesenta (60) Días posteriores a la recepción por EL CONCE<strong>DE</strong>NTE<br />

de la notificación del CONCESIONARIO, en caso de haber diferencias, EL<br />

CONCE<strong>DE</strong>NTE y EL CONCESIONARIO intentarán llegar a un acuerdo sobre las<br />

diferencias entre la solicitud de expansión y la respuesta del CONCESIONARIO.<br />

Si las Partes no llegaran a un acuerdo respecto de los términos y condiciones de la<br />

expansión dentro del plazo previsto anteriormente, EL CONCE<strong>DE</strong>NTE podrá<br />

contratar con terceros para llevar a cabo la expansión y operación de los servicios.<br />

21

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!