CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
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La instalación de medidores se llevará a cabo de acuerdo a las consideraciones<br />
técnicas propias del Servicio y en concordancia con las Normas Legales<br />
Aplicables y las Normas Regulatorias.<br />
En la Etapa Inicial de la concesión, el CONCESIONARIO deberá cumplir con las<br />
Metas de Gestión relativas a cobertura de micromedición detalladas en el Anexo 4.<br />
6.9 Tratamiento de Aguas Servidas<br />
El tratamiento de Aguas Servidas deberá contar con la autorización de la entidad<br />
competente a través de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental respectivo<br />
y adicionalmente cumplir con la Normas Legales Aplicables y las Normas<br />
Regulatorias.<br />
Sin perjuicio de la competencia de los organismos a cargo de la protección del<br />
medio ambiente y los recursos naturales, el Organismo Regulador podrá disponer,<br />
mediante resolución fundada, la clausura de la infraestructura o adecuación de los<br />
métodos allí empleados, basado en el incumplimiento de las medidas de<br />
mitigación de impactos aprobadas en el estudio de impacto ambiental o de las<br />
Metas de Gestión relativas a calidad de los efluentes establecidas en el Anexo 4.<br />
6.10 Calidad de efluentes domésticos y efluentes industriales<br />
El CONCESIONARIO estará facultado a efectuar el corte del Servicio de<br />
Alcantarillado Sanitario cuando se compruebe que las características de dichos<br />
desagües no cumplen con las condiciones establecidas en las Normas Legales<br />
vigentes para desagües industriales.<br />
6.11 Lodos y Subproductos de Tratamiento<br />
El CONCESIONARIO será responsable de la disposición de los lodos y<br />
subproductos resultantes de los procesos de tratamiento.<br />
Cualquiera sea el método de tratamiento y disposición seleccionado, el<br />
CONCESIONARIO deberá llevar a cabo las acciones necesarias para minimizar el<br />
impacto ambiental de la alternativa seleccionada.<br />
El CONCESIONARIO no podrá recibir en la red de alcantarillado sanitario lodos u<br />
otros residuos contaminantes como método de disposición final, ya sean éstos<br />
propios o de terceros.<br />
El tratamiento y la disposición de lodos y otros subproductos deberá ser realizada<br />
de conformidad a las normas nacionales, así como las emergentes de este<br />
Contrato, que resultaren de aplicación.<br />
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