CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
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• Cualquier acto de guerra externa, invasión, conflicto armado, revolución, motín,<br />
insurrección y guerra civil, que impida el cumplimiento del Contrato.<br />
• Aquellos paros o huelgas generales de trabajadores o manifestaciones<br />
públicas de gran envergadura que afecten directamente al CONCESIONARIO<br />
por causas ajenas a su voluntad que no le sean imputables y que vayan más<br />
allá de su control razonable.<br />
• La destrucción total de las Obra por hechos de la naturaleza tales como<br />
terremotos, temblores, erupción volcánica, maremotos, tifón, huracán, ciclón,<br />
aluvión u otra convulsión de la naturaleza o perturbación atmosférica de esas<br />
características.<br />
• La eventual confiscación, requisa, o destrucción total de las obra o daños a los<br />
bienes que produzcan su destrucción total y su imposibilidad de recuperación,<br />
ocasionados por orden de cualquier autoridad pública, por causas no<br />
imputables al CONCESIONARIO.<br />
• Aquellos descubrimientos de restos arqueológicos que sean de una magnitud<br />
tal que impidan al CONCESIONARIO cumplir en forma definitiva con las<br />
obligaciones a su cargo.<br />
Cuando el evento de fuerza mayor persista durante un plazo superior a seis (6)<br />
meses continuos será susceptible de causar la Caducidad del Contrato.<br />
En caso de caducidad por la ocurrencia de uno o más eventos de fuerza mayor,<br />
EL CONCE<strong>DE</strong>NTE pagará el valor de los stocks de insumos que reciban y el valor<br />
no amortizado de las inversiones efectuadas y de los Bienes Reversibles<br />
adquiridos o construidos por el CONCESIONARIO, conforme a lo dispuesto en el<br />
Capítulo 6 y al último balance auditado.<br />
En los casos de imposibilidad total y permanente de prestación del servicio por<br />
eventos de fuerza mayor tales como la destrucción total de las Obras, no será de<br />
aplicación el plazo de seis (6) meses a que se refiere el párrafo precedente del<br />
presente numeral, bastando la acreditación del evento de fuerza mayor y su efecto<br />
sobre el servicio.<br />
En el caso de caducidad del Contrato por Fuerza Mayor se aplicarán las<br />
disposiciones relativas a la caducidad por vencimiento del plazo.<br />
16.6. Intervención administrativa<br />
Declarada la caducidad de la concesión por incumplimiento del concesionario, por<br />
resolución unilateral de EL CONCE<strong>DE</strong>NTE o por impedimento de su continuación<br />
por fuerza mayor, EL CONCE<strong>DE</strong>NTE dispondrá la intervención administrativa en<br />
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