CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
La indemnización será equivalente a la cantidad que resulte mayor entre el valor<br />
presente del flujo de caja neto del CONCESIONARIO y el Valor Contable Neto del<br />
Intangible ambos elementos computados de acuerdo a lo siguiente:<br />
La empresa consultora calculará el valor presente del flujo de caja neto del<br />
CONCESIONARIO que se hubiera generado por el plazo del Contrato de<br />
Concesión que no hubiera transcurrido a la fecha de producida la caducidad<br />
considerando para la proyección de ingresos brutos los Ingresos Anuales<br />
Garantizados, de ser el caso, y otros ingresos derivados de la explotación directa<br />
de los Bienes de la Concesión, que se pagarían en caso el Contrato se mantuviera<br />
vigente, empleando a estos efectos la tasa de descuento definida en las Normas<br />
Legales Aplicables. El valor del flujo de caja neto será definido como el valor<br />
presente de las utilidades operativas, antes de intereses, cargos de depreciaciones<br />
y amortizaciones, y después de impuestos y participaciones. El cálculo del Valor<br />
Contable Neto del Intangible será el que arroje el último balance auditado del<br />
CONCESIONARIO inmediatamente anterior a la fecha de la caducidad.<br />
b) Pago de la indemnización<br />
Prelación del pago<br />
El pago de la indemnización se efectuará en el orden de prelación siguiente:<br />
i) Las remuneraciones y demás derechos laborales pendientes de los<br />
trabajadores del CONCESIONARIO.<br />
ii) Las sumas de dinero que deban ser entregadas a los Acreedores<br />
Permitidos. Dicho pago se realizará directamente por el Nuevo<br />
Concesionario luego de la Licitación Pública Internacional que se convoque<br />
para estos efectos, a las cuentas indicadas a EL CONCE<strong>DE</strong>NTE por los<br />
Acreedores Permitidos.<br />
iii) Los tributos pendientes exigibles.<br />
iv) Cualquier multa u otra penalidad exigible pendiente que no hubiere sido<br />
satisfecha por el CONCESIONARIO.<br />
v) Cualquier otro pasivo exigible del CONCESIONARIO a favor de EL<br />
CONCE<strong>DE</strong>NTE.<br />
vi) Cualquier otro pasivo exigible del CONCESIONARIO frente a terceros con<br />
relación a la Concesión.<br />
El saldo le será pagado al CONCESIONARIO, cuya Concesión caduca según lo<br />
indicado en esta Cláusula.<br />
Pago a la Sociedad Concesionaria.<br />
El monto de la indemnización determinado conforme al estudio referido<br />
anteriormente, deducidos los pagos efectuados según el orden de prelación antes<br />
señalado, será pagado por EL CONCE<strong>DE</strong>NTE al CONCESIONARIO, dentro de un<br />
plazo de sesenta (60) Días contado desde la fecha de culminación del estudio<br />
correspondiente por la empresa consultora reconociéndosele los intereses<br />
devengados por el periodo transcurrido desde la fecha en que operó la Caducidad<br />
de la Concesión hasta la cancelación efectiva de la indemnización.<br />
79