07.01.2015 Views

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

señale EL CONCE<strong>DE</strong>NTE. Los costos que se deriven de la devolución de Bienes<br />

Reversibles serán íntegramente asumidos por el CONCESIONARIO<br />

7.3.3 Si en la fecha fijada, EL CONCE<strong>DE</strong>NTE no recibe los bienes a devolver por<br />

razones imputables a ellos, EL CONCESIONARIO deberá enviarle una<br />

comunicación mediante la que ponga a disposición de EL CONCE<strong>DE</strong>NTE los<br />

bienes. Desde la fecha en que EL CONCE<strong>DE</strong>NTE reciban esta última<br />

comunicación asumirán todos los riesgos sobre dichos bienes, así como el costo<br />

de su traslado.<br />

7.4 Devolución Anticipada de Bienes Reversibles por obsolescencia.<br />

7.4.1. EL CONCESIONARIO tiene como obligación reponer los Bienes de la Concesión<br />

referidos a maquinarias y equipos, entre otros bienes muebles, que pudieran<br />

resultar perdidos ú obsoletos. La reposición se entenderá efectuada en tanto los<br />

bienes repuestos cumplan con satisfacer las mismas funciones operativas que los<br />

bienes perdidos ú obsoletos.<br />

7.4.2 En el caso de los bienes obsoletos, además de la obligación a que se refiere el<br />

numeral anterior EL CONCESIONARIO deberá poner a disposición del<br />

CONCE<strong>DE</strong>NTE dichos bienes mediante una comunicación escrita, en un plazo que<br />

no deberá exceder los tres (3) meses de producida la obsolescencia de los mismos.<br />

7.4.3 En el caso descrito en el numeral precedente, El CONCE<strong>DE</strong>NTE deberá disponer<br />

de los bienes obsoletos en un plazo no mayor de sesenta (60) Días de recibida la<br />

comunicación del CONCESIONARIO. Vencido dicho plazo, EL CONCE<strong>DE</strong>NTE<br />

asumirá todos los riesgos sobre dichos bienes.<br />

7.4.4. En el caso de los bienes perdidos, EL CONCESIONARIO deberá denunciar<br />

oportunamente la pérdida a la autoridad pública correspondiente y dar aviso al<br />

CONCE<strong>DE</strong>NTE dentro de los cinco (5) Días de ocurrida dicha pérdida.<br />

7.5 Derechos y Obligaciones del CONCESIONARIO respecto de los Bienes de la<br />

Concesión<br />

7.5.1 Facultades de administración<br />

Durante la vigencia del Contrato el CONCESIONARIO tendrá la administración de<br />

todos los bienes recibidos a la Fecha de Cierre y de los que hubiera adquirido o<br />

construido con motivo de la Concesión, con el alcance requerido para la efectiva<br />

prestación del Servicio y el cumplimiento del Contrato.<br />

Respecto de los Bienes Reversibles, el CONCESIONARIO tendrá las más amplias<br />

facultades y la obligación de rendir cuentas, según lo establecido en el presente<br />

45

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!