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CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

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Subíndice t es el año calendario a que pertenece el semestre analizado.<br />

E i son los Ingresos Efectivos.<br />

e) Para que EL CONCE<strong>DE</strong>NTE proceda a realizar el pago indicado en el punto<br />

anterior, el Organismo Regulador, a más tardar a los 30 Días de recibido el<br />

informe indicado en el punto b), deberá haber aprobado el informe con el<br />

detalle de la recaudación del semestre anterior y deberá haber verificado el<br />

cumplimiento de las Metas de Gestión establecidas en el Anexo 4 del presente<br />

Contrato. Para efectos del presente literal se considerarán las Metas de<br />

Gestión correspondientes al último año de Concesión terminado por lo menos<br />

seis meses antes del último día del semestre correspondiente. Para los<br />

primeros semestres, y hasta que exista un Año de Concesión terminado que<br />

cumpla con la condición anterior, se tomarán como referencia los indicadores<br />

base considerados en el Plan Maestro Optimizado a que se refiere el Anexo 3.<br />

f) Comunicado por el Organismo Regulador el cumplimiento de Metas de<br />

Gestión, de acuerdo a lo señalado en el punto anterior, EL CONCE<strong>DE</strong>NTE<br />

pagará al CONCESIONARIO el monto indicado en el literal d) precedente en<br />

un plazo no superior a los 50 Días, a partir de la recepción del informe indicado<br />

en el literal b).<br />

g) En el caso que se de la situación indicada en el literal c.2 precedente, el<br />

CONCESIONARIO depositará, en una cuenta intangible reservada para<br />

inversiones cuyo mecanismo de utilización se establece en el literal G del<br />

Anexo 6, el monto calculado mediante la siguiente fórmula:<br />

D<br />

i<br />

=<br />

[ E − ISG ] x0, 50<br />

i<br />

D, es el depósito que el CONCESIONARIO deberá efectuar en la cuenta intangible<br />

para inversiones.<br />

ISG, son los Ingresos Semestrales Garantizados a que tiene derecho el<br />

CONCESIONARIO en el periodo analizado, los mismos que figuran en el numeral<br />

9.2.a<br />

Subíndice i es el semestre correspondiente de análisis.<br />

Subíndice t es el año calendario a que pertenece el trimestre analizado.<br />

E i son los Ingresos Efectivos.<br />

h) El CONCESIONARIO efectuará el depósito a que se refiere el literal g) en un<br />

plazo no superior a los 50 Días a partir de la fecha límite de presentación del<br />

informe indicado en el literal b) precedente.<br />

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