CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
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usuario. Para el caso de conexiones domiciliarias de agua, en todos los casos<br />
deberá contar con un medidor.<br />
El CONCESIONARIO se compromete a realizar las conexiones domiciliarias, en<br />
sujeción a las disposiciones vigentes del Reglamento Nacional de Construcciones.<br />
6.14 Cortes del servicio<br />
Corte Programado.- Cualquiera sea la causa de interrupción del Servicio, el<br />
CONCESIONARIO deberá comunicar por medios adecuados al Organismo<br />
Regulador y a los Usuarios, el área afectada, la duración estimada del corte, las<br />
precauciones a adoptar y las razones por las cuales se lleva a cabo.<br />
El CONCESIONARIO pondrá en conocimiento del Organismo Regulador los<br />
programas de cortes con una antelación mínima de cinco (5) días, asegurando la<br />
menor duración técnicamente posible para los mismos. El Organismo Regulador<br />
podrá oponerse mediante resolución fundada que deberá ser notificada al<br />
CONCESIONARIO por lo menos con veinticuatro (24) horas de anticipación a la<br />
fecha y hora prevista para el corte. De no mediar respuesta, se entenderá que no<br />
hay oposición de parte del Organismo Regulador.<br />
Corte Imprevisto.- Cualquiera sea la causa, el CONCESIONARIO deberá<br />
informar al Organismo Regulador y a los Usuarios afectados, por medios<br />
adecuados de difusión dentro de las seis (6) horas de producido, indicando la<br />
duración estimada y aquellas previsiones que sea del caso adoptar.<br />
6.15 Cumplimiento de normas en materia de proteccion del medio ambiente y del<br />
patrimonio cultural<br />
6.15.1 Obligaciones del CONCESIONARIO en materia ambiental<br />
El CONCESIONARIO se encuentra obligado a cumplir con todas las disposiciones<br />
de la legislación ambiental peruana, tanto en las actividades de explotación de los<br />
servicios como en las de expansión y construcción de obras, y acatar lo dispuesto<br />
por cualquier Autoridad Gubernamental que tenga competencia en materia de<br />
protección y conservación del ambiente, así como en lo relativo a la protección del<br />
patrimonio cultural y arqueológico.<br />
Para ello, el CONCESIONARIO deberá utilizar en todas sus operaciones y<br />
actividades, tecnologías y métodos capaces de prevenir y/o mitigar los impactos<br />
negativos en el ambiente, los que con carácter previo al inicio de las obras a su<br />
cargo someterá a consideración de las autoridades competentes para su<br />
verificación y aprobación. En tal sentido, el CONCESIONARIO se compromete<br />
además a tramitar oportunamente todas las licencias y permisos necesarios para<br />
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