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CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

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15.2.1 Infracciones y penalidades derivadas del incumplimiento a las obligaciones<br />

relacionadas con la prestación del Servicio<br />

El incumplimiento del CONCESIONARIO en las condiciones de prestación del<br />

Servicio a que está obligado en mérito a este Contrato y a las Normas Regulatorias<br />

será determinado y sancionado de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y<br />

Sanciones y demás Normas Regulatorias<br />

La aplicación de sanciones por parte del Organismo Regulador no eximirá al<br />

CONCESIONARIO del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. A tales<br />

efectos, al notificarle la sanción se le exigirá el cumplimiento de la obligación, dentro<br />

del plazo que se fije, bajo apercibimiento de sanciones adicionales.<br />

La aplicación de sanciones no podrá ser invocada como causal que justifique el<br />

incumplimiento de cualquier obligación relacionada con la prestación del Servicio en<br />

las condiciones establecidas en el presente Contrato.<br />

15.2.2 Procedimiento de ejecución coactiva de las deudas tributarias y no<br />

tributarias (multas) impuestas al CONCESIONARIO<br />

Para el cobro coactivo de las deudas por Aporte por Regulación y Multas se<br />

aplicará la Resolución SUNASS No.1063-98 publicada el 6 de enero de 1999<br />

relativa al Procedimiento de ejecución coactiva de obligaciones tributarias y<br />

no tributarias y sus normas modificatorias y sustitutorias.<br />

EL CONCESIONARIO se encuentra obligado al cumplimiento de la Resolución,<br />

como toda entidad dedicada a la prestación de servicios de Saneamiento, que sea<br />

sujeto de un procedimiento de ejecución coactiva o de una medida cautelar previa.<br />

15.2.3 Infracciones y penalidades derivadas del incumplimiento a las obligaciones<br />

relacionadas con el Contrato de concesión<br />

El incumplimiento a las obligaciones asumidas en los literales k) l) y s) del numeral<br />

5.2.1 y las contenidas en el numeral 5.2.2 serán sancionadas con multa de entre 1<br />

y 100 Unidades Impositivas Tributarias - UIT.<br />

El incumplimiento a la obligaciones relacionadas con el cumplimiento de las Metas<br />

de Gestión previstas en el Anexo 4 serán sancionadas de conformidad con las<br />

Normas Regulatorias.<br />

CAPÍTULO 16:<br />

CADUCIDAD <strong>DE</strong> LA CONCESIÓN<br />

La presente Concesión caducará por la terminación del Contrato. El Contrato sólo podrá<br />

declararse por terminado por la existencia de alguna(s) de las siguientes causales:<br />

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